El Juzgado Quince Administrativo del Circuito Judicial de Bucaramanga ordenó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – Anla – materializar el cierre y suspensión de todas las operaciones relacionadas con el depósito definitivo de residuos sólidos en el sitio de disposición final El Carrasco a partir de las cero horas del sábado 14 de agosto de 2021. Es decir sólo hasta el viernes 13 de agosto de 2021 a las doce de la noche podrán entrar vehículos contenedores a descargar residuos.
El Juzgado ordena el cierre, pero hace la salvedad, por si la Anla modifica el término establecido en la Resolución 078 del 30 de abril de 2021. Es decir que solo la Anla podría cambiar la fecha de cierre.
Bajo esa orden del Juzgado se tiene que la Empresa de Aseo de Bucaramanga – EMAB S.A. E.S.P. y los 16 municipios que depositan sus residuos en ese lugar deberán acatar y garantizar el cumplimiento de esta decisión, es decir acatar el cierre de El Carrasco, so pena de la imposición de las sanciones a que haya lugar.
Advierte el Juzgado Quince que la Anla deberá realizar visitas de inspección y seguimiento los días sábado 14, domingo 15, lunes 16 y martes 17 de agosto de 2021 con el fin de verificar el cumplimiento de la orden de cierre del sitio de disposición final El Carrasco.
El mismo Juzgado resuelve que la Anla deberá remitir el martes 17 de agosto de 2021 un informe con las respectivas evidencias fotográficas al buzón del correo electrónico del Juzgado sobre ese cierre.
Graves riesgos
En el artículo segundo de su decisión el Juzgado Quince señala que atendiendo que en el auto 05968 del 3 de agosto de 2021 la Anla advirtió sobre los graves riesgos en la afectación de la estabilidad del lugar por la disposición adicional de residuos en etapas no autorizadas, el posible colapso de las celdas de respaldo y la consecuente generación de impactos ambientales adicionales los cuales no fueron evaluados o considerados en el plan de cierre autorizado, el Juzgado requiere para que a partir de las cero horas del sábado 14 de agosto de 2021 se abstengan de depositar residuos sólidos en el sitio de disposición final El Carrasco, salvo la Anla lo autorice.
Ese requerimiento lo hace el despacho a José Pablo Ortiz Plata en su calidad de Gerente de la Empresa de Aseo de Bucaramanga – EMAB y con nombre propio a los alcaldes de Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta, y menciona a los municipios de Lebrija, Rionegro, El Playón, Charta, Suratá, Betulia, Santa Bárbara, California, Matanza, Los Santos, Tona y Zapatoca, en donde los alcaldes también deben acatar esa orden.
Señala el Juzgado que la orden de no depositar más residuos en El Carrasco se emana toda vez que técnicamente conllevaría a un inminente riesgo de colapso del lugar el incumplimiento de esa orden. Y de allí conlleva que se ordene que se implementen de inmediato los planes de contingencia de cada municipio con el fin de trasladar sus residuos sólidos a otro lugar, para que procedan a realizar ahora los convenios o acciones administrativas para tal fin, debido a que esa orden ha sido reiterada por el Juzgado pero no ha sido acatada a la fecha.

Imposición de sanciones
El mismo Juzgado advierte que, ante la imposibilidad técnica para continuar con el depósito de residuos en el sitio de disposición final de El Carrasco a la fecha definida, el incumplimiento de la orden judicial daría lugar a la imposición de las sanciones establecidas en el artículo 41 de la Ley 472 de 1998 a las partes vinculadas, así como la respectiva compulsa de copias a las instancias disciplinarias, fiscales y penales. Estas sanciones recaerían en el gerente de la EMAB y en los alcaldes de los 16 municipios mencionados.
El mismo Juzgado Quince en otra advertencia señala que la orden de cierre de El Carrasco no se condiciona o suspende por la expedición de actos administrativos o declaratorias de emergencia, porque ese lugar está cerrado judicial y técnicamente desde las cero horas del primero de febrero de 2019, y que esas decisiones, lo recuerda, ya están debidamente ejecutoriadas.
Trae a colación que desde ese primero febrero de 2019 la disposición de residuos estaba destinada exclusivamente a la implementación de la etapa de estabilización de la Fase 1 – cierre del Plan de Desmantelamiento y Abandono, para materializar el cierre definitivo de El Carrasco, y garantizar el cumplimiento de las sentencias proferidas el 1 de marzo de 2009 por el Juzgado Cuarto Administrativo de Bucaramanga y confirmada parcialmente el 16 de febrero de 2011 por el Tribunal Administrativo de Santander.
Por lo tanto, recalca el Juzgado Quince, no es viable ni técnica ni jurídicamente que alguna dependencia o ente territorial autorice una nueva capacidad remanente, habilite celdas transitorias o temporales, o en su defecto, aumente la vida útil de las actuales Celdas de Respaldo, toda vez que actualmente El Carrasco se encuentra en la finalización de la etapa de estabilización de la fase 1 – Plan de Cierre del Plan de Desmantelamiento y Abandono, cuya competencia para su modificación o finalización de cierre recae solo en la Anla.