El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló el nombramiento del ministro de Defensa, Diego Molano, quien llegó al cargo en febrero de 2021.
La decisión fue tomada a raíz de que, cuando Molano fue nombrado, el gabinete de ministros no estaba cumpliendo con Ley de Cuotas, la cual le exige al Gobierno tener al menos el 30% de ministerios ocupados por mujeres.
Entre otras cosas, la decisión del Tribunal advierte que “el nombramiento del Ministro de Defensa se produjo cuando existía la obligación de nombrar a una mujer”.
Precisamente, el fallo detalla que todo se trató de un problema de matemática simple. Cuando Molano fue nombrado, la participación de las mujeres en el gabinete ministerial pasó del 30% al 27,7%, pues de los 18 ministros solo cinco eran mujeres.
Sin embargo, en respuesta a la demanda, el Gobierno había señalado que con cinco mujeres en el gabinete, la cuota mínima sí se cumplía: el 30% de 18 da 5,4 y, como se trataba de personas, el Gobierno argumentó que debía aproximarse a 5, el número más próximo. Bajo esa lógica señalaron que sí estaban cumpliendo con la Ley de Cuotas.
Para resolver la controversia el Tribunal argumentó que “al tratarse de grupos históricamente discriminados, la norma debe aplicarse a favor de ellos, y por tanto, el número deberá aproximarse al entero siguiente, que corresponde al número 6”.
Desde la Presidencia informaron que, como se trata de un fallo de primera instancia, no está en firme, será apelado ante el Consejo de Estado. En otras palabras, Molano seguirá en su cargo.
De hecho, el presidente del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Rodrigo Mazabel, dejó en claro que el ministro de Defensa Diego Molano podrá seguir en su cargo, ya que el fallo de demanda que tumbó su nombramiento será objeto de apelación ante el Consejo de Estado.
«Como es un juicio de primera instancia, si se interponen recursos la decisión no se cumple y por lo tanto el ministro en este momento y hasta tanto interpone recurso no puede dejar el cargo, porque sus efectos se materializan una vez quede en firme», dijo el Magistrado.
Según el Magistrado, confía que la Sección Quinta del Consejo de Estado adopte una decisión de fondo frente a la apelación de este fallo en un lapso de uno o dos meses como máximo.
De igual forma, sostuvo que con esta decisión se busca darle continuidad a otras decisiones adoptadas en su momento por otras instancias judiciales como la Corte Constitucional y el Consejo de Estado que buscan proteger y reivindicar los derechos de las mujeres.
También señaló que la otra implicación que tiene este fallo, es que insta al Presidente de la República de turno a cumplir una visión garantista de los derechos de las mujeres y en casos como este, a respetar la ley de cuotas de género a la hora de realizar los nombramientos en cargos como su gabinete de ministros.
La decisión fue adoptada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca atendiendo una demanda que alegó que en este caso, el Gobierno Nacional en cabeza del presidente Iván Duque violó la ley de cuotas de género que planeta que al menos el 30 por ciento del gabinete de ministros debe estar integrado por mujeres, que para este caso se logra con un mínimo de seis mujeres ministras.