El banderazo de alerta en el gremio de los taxistas volvió a ponerse en rojo luego del anuncio de la APP Uber de prestar el servicio de transporte público a partir de mediados de mayo del año 2020.
Consultamos en Corrillos! a Carmelo Guerrero de la Asociación de taxistas Asotamb, una de las personas con mayor vocería en el gremio de taxis en Santander.
Dijo muy rápido que Uber lo que quiere es no poner ellos los vehículos, sino contratar un vehículo con su conductor, o sea arrendarlo. Conseguir los carros en arriendo para que Uber esté como al margen y así no pagar seguridad ni otros aspectos que tendría que pagar. El gobierno les lleva la cuerda si aceptan esa propuesta de Uber.
Contó que el servicio es como se usaba antes, solo que le cambian el nombre para eludir, lo hacen ahora como arrendar el carro.
Dijo que con ese modelo de Uber, el responsable de todo ahora es el arrendatario, es decir el que toma en arriendo el carro con el conductor. Si sucede un accidente o la policía le hace un comparendo, le cobran al arrendatario, es decir a quien va usando el vehículo, es decir al pasajero.
Ni Uber ni el dueño son los responsables, el responsable es el usuario, que es quien va usando el vehículo.
Cobra por el contacto
Uber cobra un porcentaje que puede ser del 32 por ciento por hacer esa conexión entre el vehículo y el conductor para que sea tomado en arriendo por el usuario.
Explicó el señor Guerrero que como Uber quiere prestar el servicio de todas formas es ilegal porque el servicio público no debe prestarse, por ley, en carros particulares. Según las normas, la Ley 105, se puede prestar el servicio público en vehículos autorizados, según las reglamentaciones que existen.
Uber puede utilizar la aplicación pero en los vehículos de servicio público, no pude utilizar es vehículos matriculados como de uso privado o de servicio particular.
Dijo además que no tendría ningún problema si Uber para hacer uso de su aplicación se vale de taxis. Uber no puede operar porque no tiene los vehículos autorizados, si quiere operar debe utilizar los vehículos autorizados para el servicio público, o sea los taxis.
Ni siquiera los blancos
El directivo de los taxistas en Santander dijo que puede usar Uber las aplicaciones que están autorizadas con vehículos legales. Tampoco pueden utilizar los blancos de turismo o servicios especiales porque ellos tienen unas reglamentaciones y ya tienen sus usos definidos por Ley.
De acuerdo con un convenio de Uber con el Gobierno Nacional podrían operar pero tendría que utilizar vehículos autorizados como los taxis. Quieren hacer el servicio con carros particulares para no tener que pagar nada, y así ganarla completa.
Dijo que Uber aseguraba que volvería a comenzar labores el 15 de mayo de 2020 pero la Superintendencia de Transporte en diálogo con los taxistas dijo que no les permitiría entrar a operar.
Desde que estén en contra de la normatividad no pueden activarse y operar.
En su primera etapa Uber alcanzó a activar unos 80 mil vehículos en el país, aunque ningún carro era de ellos, todos eran de particulares que activaban la aplicación para trabajar como servicio público pero en carros particulares.
Ya Uber tiene un fallo en contra emitido por la Superintendencia de Industria y Comercio, así como una demanda que le interpuso la aplicación de Taxis Libres de Bogotá.
Alerta a la comunidad
El Comité del Transporte Público De Santander emitió un comunicado a los medios de comunicación, opinión pública y al gremio transportador en general con seis puntos básicos:
1- El gremio de taxistas de todo el país rechaza enérgicamente, que la APP UBER, anuncie prestar el servicio de transporte público, alquilando carros particulares a partir del 15 de mayo /2020.
2- La APP Uber tiene un fallo en contra por la superintendencia de industria y comercio, por prestar el servicio de transporte público en carros particulares, servicio no autorizado por el estado colombiano.
3- Según sentencia de la corte constitucional 0073/2014, queda totalmente prohibido prestar el servicio de transporte público en carros particulares.
4- La prestación del servicio público de transporte está reglamentada en la ley estatuaria 105 de 1993. “La operación del transporte público en Colombia es un servicio bajo la regulación del Estado, quien ejercerá el control y vigilancia necesarios para su adecuada prestación, en condiciones de calidad, oportunidad y seguridad”.
5- Exigimos al gobierno nacional, policía nacional de tránsito, gobernadores, alcaldes y superintendencia de transporte, hacer cumplir las normas vigentes del Estado Colombiano.
6- El gremio de taxistas, se declara en asamblea permanente, en todo el territorio Nacional y no permitirá que las normas y leyes constitucionales sean violadas por extranjeros.
Cierra la carta atentamente, Comité de transporte público de Santander, y responden por el comunicado Carmelo Guerrero H., de la Asociación de taxistas Asotamb, y Miguel Rogelio Domínguez, Representante Empresarios.