La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a cuatro empresas por incurrir en actos de engaño al presentar como leche entera higienizada (UAT) un producto que contenía lactosuero, sin informar a los consumidores. Esta práctica generó confusión entre los compradores, quienes no podían detectar la presencia de este componente y, en consecuencia, tomaron decisiones de compra sin conocer la verdadera composición del producto.
“En Colombia existe ya una prohibición en el sentido que no se puede adicionar lactosuero en cualquier etapa de la producción de la leche. Esa prohibición existe desde el 2006″ Explicó la superintendente de Industria y Comercio, Cielo Rusinque.
La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la Resolución 4168 de 2025, impuso otras sanciones como lo son “la infracción de las disposiciones que regulan el sector, al haber obtenido una ventaja competitiva significativa como resultado de la violación de las normas que prohíben la adición de lactosuero a la leche”.
Sabanalac, Gloria, Lactalis y Hacienda San Mateo son las empresas que recaen las sanciones. Además, estás tres últimas fueron sancionadas por incumplir normativas del sector al obtener una ventaja competitiva indebida. La adición de lactosuero está prohibida en cualquier fase del proceso de producción de la leche. Sin embargo, estas compañías incorporaron el componente, lo que les permitió reducir costos, aumentar márgenes de ganancia y competir de manera desleal con empresas que sí respetaron las regulaciones.
Por último, se resaltó que la imposición de sanciones, está respaldada por elementos probatorios luego de un estudio y posterior resultado, de pruebas del mismo Invima, obtenidas luego de unas visitas administrativas de inspección, realizadas con la Delegatura para la Protección de la Competencia en el año 2020.
Las muestras fueron tomadas de productos identificados con las marcas Medalla de Oro, Máxima, Algarra, De la Cuesta, Alkosto Hiperahorro, Parmalat, Latti y Pomar, comercializados por las empresas sancionadas.