En las últimas horas, el Tribunal Administrativo de Santander decidió dejar sin efecto la medida cautelar de suspensión provisional del acto de elección E-26 expedida el 8 de noviembre de 2023, mediante el cual se declaró la elección de Sandra Galvis Mora como concejala del Distrito de Barrancabermeja.
A la corporada, quien había sido inscrita por el partido En Marcha, con la fuerza política del senador Gustavo Moreno, se le investiga por una posible inhabilidad inscribirse como candidata al Concejo, debido a que su esposo, Alexander Díaz Arias, en ese momento, fungía como representante legal de Bomberos Voluntarios de Barrancabermeja y en ese mismo periodo suscribió dos contratos con la Alcaldía Distrital.
Y, aunque la investigación por pérdida de investidura continúa, la decisión del tribunal le permite -por ahora- volver a retomar sus labores en la Corporación.
El proceso contra la concejala
Ante la justicia contenciosa, fue interpuesta una demanda por parte de los ciudadanos Jimmy García y Sabex Mancera, que, a su criterio, la hoy concejala estaba inhabilitada para participar en la contienda electoral debido a los dos contratos que su esposo suscribió.
Según el Artículo 43 de la Ley 136 de 1994, parágrafo 4, dentro de las inhabilidades para ser elegido concejal está, “quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio o distrito; o con quienes dentro del mismo lapso hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito».
Los contratos a los que se refiere la demanda tiene que ver con el 0370-2023, por valor cercano a los 7 mil millones y fue firmado el 14 de febrero de 2023, cuyo objeto fue: «convenio interinstitucional de transferencia por concepto de Sobretasa Bomberil para apoyo al servicio público integral del riesgo contraincendio de conformidad con las funciones y obligaciones establecidas en la ley 1575 de 2012».
El otro contrato fue el 0850-2023, suscrito en marzo de 2023, por un valor superior a los $500 millones, con el siguiente objeto: «Convenio de asociación para aunar esfuerzos para proporcionar agua potable en el marco de la sentencia T-227 de 2017 y acción popular numero 2007 224 en el distrito de Barrancabermeja vigencia 2023».