El mundo tributario se rige por el Registro Único Tributario (RUT), un documento que está a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y que es tan solicitado como la cédula de ciudadanía.
En este registro, las autoridades pueden encontrar información básica como el NIT, dirección y responsabilidades fiscales, y es indispensable para realizar trámites tributarios, declarar impuestos y operar formalmente. Si bien su actualización es obligatoria y facilita la supervisión fiscal, esta semana se anunciaron cambios.
Según anunció la Dian en un reciente comunicado, luego de varios análisis se establecieron una serie de ajustes para garantizar la protección de datos personales y evitar la exigencia de actualización del Registro Único Tributario (RUT) cuando no haya cambios en los datos de los contribuyentes.
“En la actualidad no se visualiza la fecha de expedición del RUT, lo cual generaba confusión con la vigencia de este, que es indefinida. En adelante, solo aparecerá la fecha de generación, ubicada en el pie de página de cada hoja del documento y no estará presenté la fecha de actualización del documento”, informaron.
Es decir que para confirmar que es una copia válida, y acorde con la información actual en la plataforma de la Dian, las empresas y entidades públicas deberán verificar la fecha de generación y la marca de agua donde aparece el texto “copia certificado documento sin costo” o “certificado documento sin costo”.
Jairo Orlando Villabona Robayo, director general de la Dian, resaltó que otro de los cambios implementados está orientado a proteger la información personal de los contribuyentes para reducir el riesgo de exposición de datos sensibles y consiste en no mostrar la fecha de expedición del documento de identidad en la casilla 27; así, cuando se genere el documento PDF del Rut aparecerá en blanco.
“Con esta medida, evitamos que se generen trámites innecesarios para los ciudadanos, reafirmando que el RUT tiene vigencia indefinida y no requiere actualizaciones permanentes salvo casos específicos. Además, buscamos reducir el riesgo de suplantación de identidad de los contribuyentes”, afirmó Villabona Robayo.
En este sentido, la Dian reiteró a la ciudadanía que el Rut tiene vigencia indefinida y solo debe ser actualizado cuando haya cambios en el lugar de residencia, número telefónico, correo electrónico, actividad económica, responsabilidades o algún otro atributo o característica que se encuentre dentro del registro del contribuyente.
“Esto, de acuerdo con lo establecido en los artículos 555-1 y 658-3 numeral 3 del Estatuto Tributario y el artículo 1.6.1.2.7 del Decreto 1625 del 2016”, sentenciaron desde la autoridad tributaria, donde esperan que esto facilite los trámites de los contribuyentes.
“Por último, la Dian recuerda que los trámites del Rut son gratuitos y pueden hacerse a través de los canales de atención. Para tener más información sobre el Registro Único Tributario, los ciudadanos pueden visitar el micrositio web de la Dirección”. concluyeron desde la entidad.
No hay que olvidar que este documento es esencial para formalizar actividades económicas, garantizar la correcta recaudación de impuestos y facilitar la supervisión fiscal en Colombia, ya que promueve la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones tributarias, fortaleciendo la economía formal y la confianza en el sistema fiscal.
Además, su registro simplifica procesos para los contribuyentes al centralizar toda la información tributaria en un único documento, ayudando también a las empresas a obtener de forma ágil todos los datos de sus acreedores, proveedores o contratistas, entre otros.