Por: Milton Villamizar Afanador/ Ya no le alcanza una vigencia fiscal, para contratar los servicios que requiere la ciudad, sino que aprovechando y en mi opinión usando y abusando de la ley 819, en dos golpes al presupuesto de todos los Florideños, ha llevado a que su coalición del concejo municipal, sin siquiera estudiar o por lo menos leer y entender, los proyectos presentado a su consideración, le hayan aprobado el proyecto de acuerdo 008 y el proyecto de acuerdo 031 de 2024, que sumandos dan como resultado ciento quince mil millones de pesos ($115.095.747.512,00) en vigencias futuras.
El primero de ellos por veinte ocho mil novecientos millones ($28.907.164.551), para con un solo contrato entregar como lo hizo a la empresa Analitica SAS SEM, el primer desembolso de $11.861,210.938, a través del contrato FLO-CONV-CONT-004-2024.
Es el más duro golpe a los bolsillos de los florideños y lo es, porque no solo se va a gastar estos casi $29.000 millones, en una actualización catastral que se averigua puede valer mucho menos, sino que el mismo alcalde en su plan de desarrollo como lo dije en columna pasada, nos aumentará el impuesto predial como mínimo un 76% al ya alto impuesto que pagamos quienes tenemos inmueble en la ciudad.
Llama la atención de este proceso contractual la carrera maratónica con que se contrató y se está ejecutando, pues se tiene prueba documental que demuestra que el 16 de abril se hizo “requerimiento técnico del bien o servicio a contratar” por parte del secretario de planeación, el 17 de abril se expide el “acto administrativo que justificaba esa contratación” y el mismo 17 de abril hacen los “estudios previos” y ese mismo 17 de abril ”hacen los estudios del sector”, el 25 de abril se hace la “minuta del contrato” y el 26 de abril expiden “documento de verificación de requisitos de orden jurídico, de capacidad técnica, operativa y oferta técnico- económica”; todo en la oficina de contratación del municipio.
Si pudieran haberlo adjudicado el mismo 17 de Abril lo habrían hecho, solo que alguien de medio dedo de frente tuvo que advertirles de las irregularidades de este frenesí, que serán los órganos de control quienes digan si estuvo bien o mal adjudicado este proceso contractual costoso e innecesario.
Miremos el segundo acuerdo de vigencias futuras por valor de ochenta y seis mil millones $86.188. 582.961, esto es el 031 de 2024, que aprobaron, dejando constancias en la sesión del concejo de presuntos amarres contractuales, coimas, denuncias de corrupción etc, como se han dejado ver en videos en redes sociales, que soportan esta opinión.
Lo único rescatable y valioso de ese proyecto de acuerdo, es dejar asegurado el Programa de Alimentación Escolar (PAE), que para los años 2025 y 2026 vale un aproximado de $52.000 millones de pesos según lo indica el documento; y eso si lo adjudican con transparencia y apego a la Constitución nacional y a la ley 80 de 1993, porque también en redes circula una notifica criminal interpuesta ante la fiscalía, precisamente por la adjudicación del PAE 2024.
Lo demás pretender dejar amarrada la vigilancia para los colegios y despachos del gobierno municipal, así como el personal de servicios generales de aseo y administrativos, no tiene ninguna presentación y menos revolverlo con el PAE, para dar un “viso social” a la querencia de dejar amarrado un contrato de vigilancia por todo el periodo de gobierno y entregárselo a un mismo contratista por los 3.5 años que le quedan del periodo del alcalde.
Las vigencias futuras, no es una figura jurídica para abusar de ellas hasta la ilegalidad, no, las vigencias futuras las creo la ley 819 de 2003, con el ánimo de que proyectos de inversión estratégicos, importantes para el desarrollo de la entidad territorial se pudieran asumir con cargo a las vigencias fiscales de los años siguientes; pero no es para dejar asegurado un contrato de vigilancia y de personal operativo desde ya, a determinado contratista y obviar el rigor de la ley de contratación.
Casi llorando el alcalde hace unos días, decía en redes que tenía una deuda de $177 mil millones la administración; que esto la hacía inviable fiscalmente, que se iría a ley 550 de restructuración de las entidades territoriales.
¿Acaso ya pasaron los afanes de presupuesto en la administración, acaso con el gasto de estas vigencias futuras no se afectó para nada el marco fiscal de mediano plazo? Y, ¿los órganos de control? Bien gracias.
Estaremos atentos a una vez culminada el análisis de documentos y datos que estamos revisando, claramente presentaremos las acciones administrativas que consideremos son las pertinentes, para que nuestra hermosa ciudad y de nuestros hijos, no se siga perdiendo en la codicia desmedida de los servidores públicos de turno.
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*Abogado, especialista en Derecho Administrativo, Derecho Contencioso; Contratación Estatal; Derecho Penal; Gerencia en Salud y Maestría en Derecho Administrativo.