Ningún programa o espacio institucional del ICBF puede ser usado con fines políticos, alertaron desde el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
Ningún servidor o colaborador del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) puede promover o hacer uso con fines políticos de los espacios institucionales dispuestos para la prestación de la oferta institucional, y a observar y acatar las prohibiciones relativas a la participación en las actividades de los partidos, los movimientos políticos o en las controversias políticas.
La directriz fue impartida por la directora general del ICBF, Astrid Cáceres Cárdenas, a quienes están vinculados al instituto con ocasión de las próximas elecciones de autoridades locales que están programadas para realizarse el domingo 29 de octubre de este año.
“Todas las áreas del ICBF deben activar medidas de carácter preventivo que garanticen el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales para el buen manejo de los programas, su ejecución presupuestal y gestión contractual durante el actual período electoral”, insistió Astrid Cáceres.
Además, sostuvo la directora que dentro de las prohibiciones están: acosar, presionar o determinar en cualquier forma, a particulares o subalternos a respaldar alguna causa, campaña, controversia política o influir en procesos electorales de carácter político partidista; usar los elementos destinados al servicio público para hacer proselitismo o desempeñar en cualquier sentido la actividad política electoral; usar con los mismos fines, información reservada a la cual tenga acceso por razón de su cargo; disponer del tiempo de servicio u horario de trabajo para gestionar actividades de tipo político, entre otras.
Así mismo, está prohibido ofrecer algún tipo de beneficio directo, particular, inmediato o indebido para los ciudadanos o para las comunidades, mediante obras o actuaciones de la administración pública, con el objeto de influir en la intención de voto: aducir razones de “buen servicio” para despedir a funcionarios de carrera; autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas, etc.
Finalmente, la directora general del ICBF les recordó a servidores y colaboradores que el incurrir en alguna de las prohibiciones, además de ser constitutivo de infracción disciplinaria gravísima puede llegar también a configuración una infracción penal.