El senador Iván Cepeda radicó una denuncia penal ante la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, contra el fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa, por el delito de intervención en política descrito en el artículo 422 del Código Penal.
Según la norma, el servidor público que «utilice su poder para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato, partido o movimiento político, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público».
En la acción penal, Cepeda pide que se investigue si las declaraciones públicas hechas por el fiscal Barbosa -en las últimas semanas- refiriéndose al candidato presidencial Gustavo Petro, hacen parte de un debate de interés general o con ellas estaba participando abiertamente en una controversia de carácter electoral.
«Se trata de establecer si las declaraciones del fiscal general, Francisco Barbosa, son propias del ejercicio de sus competencias constitucionales o, contrario a esto, constituyen un acto abusivo del derecho, con el propósito de intervenir en la contienda presidencial», advirtió Cepeda.
El documento expone evidencias de manera amplia y detallada, sobre cómo el Fiscal ha descalificado a Gustavo Petro. Además, señala que, Barbosa ha tergiversado y lanzado conclusiones apresuradas y parcializadas acerca de las propuestas del candidato presidencial por la coalición Pacto Histórico, actuaciones que han sido registradas por diversos medios de comunicación.
Entre los hechos se menciona el pronunciamiento del Fiscal ante la decisión del candidato Petro de no renunciar a su curul en el Senado de la República, así como, su columna escrita en calidad de fiscal general de la Nación, «Nada de perdón social» publicada recientemente en El Tiempo.
De acuerdo con la denuncia, el fiscal general, Barbosa, ha vulnerado su deber de imparcialidad, así como el principio de moralidad pública, «los cuales sirven de fundamento a la prohibición constitucional y legal de participar en política, según lo dicho por la Corte Constitucional, la que además ha hecho énfasis en que-tratándose de los órganos judicial, de control y electorales-, obra «como una garantía reforzada o adicional de imparcialidad e independencia».