A las 12 del mediodía de este lunes 9 de septiembre Jaime Andrés Beltrán comenzará la defensa de su inscripción como candidato a la Alcaldía de Bucaramanga.
Dos connotados abogados santandereanos unieron conocimientos y leyes para solicitar la revocatoria de inscripción del candidato a la Alcaldía de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán.
La citación a la Audiencia Pública de este lunes es en Bogotá en la Avenida Calle 26. N° 51-50, Edificio de la Organización Electoral, Auditorio del Consejo Nacional Electoral, con el objeto de que las partes e interesados puedan ejercer sus derechos de representación, defensa, coadyuvancia y contradicción, así como aportar las pruebas que pretendan hacer valer en el proceso.
La solicitud de revocatoria de la inscripción del mencionado candidato estaría basada en una presunta doble militancia.
Argumentos para revocatoria
Los argumentos de los profesionales del Derecho evocan el trabajo realizado por el candidato y su equipo para recoger firmas (50 mil válidas para el caso de Bucaramanga) y al mismo tiempo solicitar un coaval.
La solicitud de revocatoria de Carlos Alfaro Fonseca para la Inscripción de Beltrán para la Alcaldía Municipal de Bucaramanga, Santander, para el periodo Constitucional 2020-2023, se posa en que Beltrán “se hallare incurso en una causal de inhabilidad Constitucional, decidió postular su nombre en abierta y manifiesta desconsideración con el ordenamiento jurídico, ya que aspiró a que le dieran el Aval por intermedio del Grupo Significativo de Ciudadanos «Podemos Movimiento Ciudadano», según el Formulario E-6 AL, el día 21 de Enero de 2019 y firmado por los tres inscriptores.
Y, a pesar de aun no haber sido resuelto en forma positiva su solicitud ante la Registraduría Municipal de Bucaramanga optó por hacer un acuerdo de Coalición con el Partido Colombia Justas Libres; es decir una Coalición sin tener el Aval Principal. Y si en el Proceso ante la Registraduría Municipal para conseguir el Aval por un Grupo Significativo de Ciudadanos no se consigue en esas mismas elecciones, no cambiar de Partido Político o pretender el aval de otro partido o movimiento político, ya que constituye Doble Militancia, acorde con el artículo 2 de la Ley 1475 de 2011, que desarrolla el artículo 107 superior”.
El problema jurídico
Mientras que el abogado Rubén Darío Bravo Rondón expresa en la solicitud de la revocatoria de la inscripción de Beltrán como candidato a la Alcaldía de Bucaramanga el asunto jurídico.
Reseña el profesional del derecho que “es posible que un candidato promovido por un grupo significativo de ciudadanos que suscribe una coalición y posterior a su inscripción de ella, y fruto de la verificación de firmas a cargo de la Registraduría el grupo significativo de ciudadanos perteneciente a la coalición no alcanzó el mínimo de apoyos exigidos: pregunta, ¿se debe entender que la candidatura de la coalición no cumple los requisitos formales, y por ende pierde su firmeza o viabilidad jurídica?”
Sigue Bravo Rondón en su presentación “un candidato que se inscribe por un grupo significativo de ciudadanos y fruto de la verificación de firmas a cargo de la Registraduría no logra el mínimo de apoyos requeridos, pregunta ¿se debe entender que la candidatura sigue vigente, toda vez que la verificación de las firmas es un simple formalismo?”
Y remata el profesional del derecho “¿Puede la Registraduría Nacional del Estado Civil desconocer un acto administrativo que goza de presunción de legalidad y se encuentra vigente?”
Abogados y representantes
Con Jaime Andrés Beltrán también fue citado a la Audiencia Pública de este lunes nueve el Representante Legal del Partido Colombia Justa Libres quien deberá informar o certificar al Despacho, las consideraciones tenidas en cuenta para otorgar el aval a Beltrán para participar como candidato a la Alcaldía de Bucaramanga para las elecciones del 27 de octubre de 2019, y se manifieste frente a esta acción de revocatoria en contra de su avalado.
Beltrán acudirá con su abogado y tendrá su momento en la Audiencia Pública citada en Bogotá para ejercer sus derechos de representación, defensa, coadyuvancia y contradicción, así como aportar las pruebas que pretenda hacer valer en el proceso.