Por: Beatriz E. Mantilla/ Como si se tratase, al parecer, de un nuevo capítulo de “Corruption land” se adelanta el proceso de elección del Personero de Bucaramanga con escenas que, por ahora, estarían dejando el resultado “en tablas”.
La historia de este cuento inició el 1 de octubre cuando el Concejo convocó a los ciudadanos interesados en participar en el concurso público y abierto de méritos como candidatos al cargo de personero, periodo 2020 – 2024. La resolución 090, realizó la convocatoria en la página web del Concejo, http://concejodebucaramanga.gov.co/, firmada por el presidente Jorge Humberto Rangel; vicepresidentes I, Nelson Mantilla y II, Francisco Javier González; y el secretario, Henry López.
El cronograma planteó como fecha final el 19 de diciembre con la elección del Personero, contemplando, por supuesto, las respectivas etapas de aplicación de pruebas de conocimiento y comportamentales; entrevista, lista de elegibles y elección del servidor público que guardará y promoverá los derechos humanos, protegerá el interés público, vigilará la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas y control administrativo en Bucaramanga.
La convocatoria detalló en tres folios instrucciones para inscripción y entrega de documentos con el suficiente tiempo para surtir el proceso y concluir con posesión del personero, lo que según mandato legal, debía haber ocurrido el 01 de marzo de 2020.
Nueve días después, esto es, el pasado 10 de octubre, la resolución 093 hizo modificaciones parciales, corrigió errores de digitación, redacción en verificación de requisitos, aspectos genéricos de citación y aplicación de pruebas, valoración de títulos académicos y asignación de puntaje para considerar la experiencia, metodología de entrevista, eliminó expresiones y agregó link del formulario de inscripción.
El 3 de noviembre la resolución 101 indicó un total de 292 inscritos; y el 10 del mes, la 103, relacionó el listado definitivo de 281 admitidos, concluido el plazo de presentación de reclamos al listado preliminar.
Días después, el 11 del mes, la resolución 104 modificó la fecha de pruebas para el 16 porque el 15 de noviembre, serían las Pruebas Saber 11. Ese día, aún no eran las 7 de la mañana, cuando más de 100 candidatos arribaron a La Escuela Normal Superior de Bucaramanga. Abogados de diferentes edades, incluso provenientes de otras ciudades, muchos de ellos conocidos entre sí, excompañeros de estudio, docentes universitarios y sus exestudiantes, líderes jurídicos y exsubordinados, aprovecharon la espera para distender el ambiente previo a este tipo de valoraciones, actualizándose mutuamente de su trayectoria profesional.
La prueba, a la que muchos de ellos asistieron con la expectativa de reactivarse dada la recesión económica que deja la pandemia por el Covid–19, inició a las 8 de la mañana. Sin embargo, a escasos 75 minutos de inicio, sobre las 9:15 am, sin ninguna resolución, en claro desconocimiento del derecho administrativo y como si se tratase de un acto doméstico de arreglo del hogar, se suspendieron las esperadas pruebas. ¿La razón? La inverosímil ausencia en el cuadernillo de la opción de respuesta D. Lo descubrió la primera aspirante que requirió marcarla y no la encontró.
Adicionalmente, y en evidente desconocimiento de metodologías de evaluación, en el diseño de la prueba, se asignó 150 minutos para responder 70 preguntas de conocimientos y tan solo 60 para el bloque de comportamentales, compuesto por 170 ítems, lo cual implicaría contestar tres por minuto, es decir, a razón de 20 segundos por cada pregunta lo cual no da tiempo a lectura y análisis de los casos planteados. Dichos factores, por supuesto, generaron observaciones y malestar en quienes participaban.
En las aulas, que por protocolo de bioseguridad se dispusieron para atender un aforo máximo de 15 a 18 candidatos, algunos de los cuales no llegaron, se empezaron a sentir las voces de protestas e inconformismo que poco a poco aumentaron el volumen, como eco, por todo el recinto. Entre ellas, de quienes conscientes del poco tiempo para responder expusieron su queja al encargado de orientar la prueba y solicitaron dejar en acta lo que consideraron una irregularidad que induce al error en el proceso. Además, se quejaron del cambio de criterio de análisis cada cinco preguntas pasando de respuestas de opción múltiple a única respuesta, facilitando caer en error en el marco de la celeridad por el límite estrecho de tiempo disponible para responder el cuestionario.
Aún estaban los candidatos exponiendo la poca credibilidad que les generaba el tema al descubrirlo, cuando en un acto que procuró, quizá, salvaguardar la moral pública, el Presidente del Concejo, quien llegó al lugar a realizar veeduría, ordenó suspenderla y prometió convocar de nuevo en un lapso de 15 días por considerar que no existían las condiciones para continuarla.
De inmediato se recogió la prueba. Hubo candidatos que dejaron anotaciones. Sin embargo, no se levantó acta, o por lo menos, no se anunció su realización a los asistentes, ni se recogieron firmas de consentimiento, como quiera que era un acto público en pleno desarrollo de lo dispuesto en las resoluciones ya enunciadas.
Minutos después, mediante publicación en redes sociales del Concejo, el director de gestión y desarrollo de Uni – Atlántico, operador para la prueba, Luis Gutiérrez, explicó que se trató de un error en la impresión por un cambio en el tamaño de la letra y que no se notó con anterioridad por la severidad de su custodia.
Al cierre de esta columna, en nueva resolución, la 106, se anunció la suspensión del proceso “hasta tanto se tengan los requerimientos logísticos necesarios para realizar la nueva citación a la presentación de las pruebas de conocimiento, momento en el cual se procederá a actualizar el cronograma del concurso y se continuará con las etapas restantes en el mismo”.
¿Interrogantes? ¡Muchos! ¿Cómo en un proceso planeado con suficiente anticipación, no se verificó la correcta información de la prueba sin que representara riesgo de filtración? ¿Cómo, un ente contratado por su presumible idoneidad en este tipo de procesos, garantiza la realización de control para evitar que ello ocurra? ¿Acaso no se preparan estas jornadas, lo cual incluiría revisar que el material esté completo, sea correcto? ¿Qué acciones realizarán quienes se presentaron? ¿Qué pasará con quienes no asistieron? De incurrir en procesos legales contra la convocatoria y no lograr cumplirse el cronograma planteado, ¿quién realizará el control correspondiente al personero? ¿Quién ganó? Quizá la actual personera encargada, quien probablemente terminará la mayor parte del periodo definido para el cargo, sin haberse sometido al proceso legal de un concurso de méritos; ¿Quién perdió? La moralidad pública, ese conjunto de valores éticos vigentes en la sociedad y que en la administración pública está determinada por la normatividad que fija las funciones, obligaciones y prohibiciones de los servidores públicos; los ciudadanos que se prepararon y presentan con ingenuidad, creyendo que pueden existir, en un país caracterizado por sus elevados índices de corrupción, concursos limpios y bien organizados.
¡Amanecerá y veremos si se trata o no de un nuevo episodio en corruption land!
*Comunicadora Social organizacional y periodista; docente universitaria y consultora en asuntos corporativos y de Responsabilidad Social Empresarial.