La Corte Constitucional aceptó, para estudio, una demanda que cuestiona que las empresas prestadoras del servicio de Internet vendan a los usuarios paquetes de datos en los que se ofrece de manera gratuita cierto tipo de aplicaciones como redes sociales sin limitaciones.
El recurso fue presentado por ‘El Veinte’, una organización que defiende la libertad de expresión y dice que precisamente la norma (artículo 56 de Ley 1450 de 2011) que permite los paquetes personalizados de internet vulnera ese derecho, también la libertad de expresión, al pluralismo informativo y el derecho a la intimidad.
La demanda plantea que esa situación implica que los usuarios con planes de datos más económicos tengan que verse obligados a utilizar los servicios que les ofrecen, pero sin excederse de la cuota de datos contratada.
También, “es posible la existencia de planes que tienen una cantidad baja de datos sin uso restringido, pero, al mismo tiempo, datos enfocados de forma ilimitada para pocas aplicaciones” y no todas.
Eso supuestamente genera una afectación y limitación a los usuarios que no pueden pagar más por acceso completo a la red.
“La existencia de planes de datos en los que los usuarios solo acceden a una o más apps, pero no a la totalidad de lo que se puede acceder en Internet (…) las medidas empleadas no deben discriminar entre tipos de aplicaciones o servicios”, señala la demanda.
Asimismo, la demanda habla de violaciones al libre mercado o libre competencia, toda vez que podría generar un supuesto “desequilibrio económico” discriminando “arbitrariamente a un determinado proveedor de contenidos o servicios, o a un grupo de éstos, frente a otros proveedores”.
El estudio del caso se encuentra en el despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, que espera empezar a recibir conceptos de diferentes organizaciones, entre ellas las empresas prestadoras del servicio de internet para que se pronuncien sobre la demanda.