La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la personería jurídica del movimiento político ‘Soy Porque Somos’, tras declarar nulas las resoluciones 16439 del 13 de diciembre de 2023 y 00069 del 10 de enero de 2024, emitidas por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Según el alto tribunal, la decisión del CNE vulneró los artículos 108 y 262 de la Constitución y se basó en una falsa motivación.
El fallo determinó que el movimiento no participó en las elecciones al Congreso de 2022, ya que no inscribió candidatos, lo que le impedía coaligarse con otras agrupaciones con personería jurídica.
Además, se aclaró que la trayectoria política de la vicepresidenta Francia Márquez Mina y de la representante a la Cámara Dorina Hernández Palomino no era un argumento válido para el reconocimiento del movimiento, dado que ambas fueron elegidas con el aval del Polo Democrático Alternativo.
El Consejo de Estado sustentó su decisión en que el movimiento no cumplía con las reglas excepcionales establecidas por la Corte Constitucional para la obtención de personería jurídica.
Así mismo, enfatizó que la implementación del Acuerdo de Paz de 2016, citado en la resolución demandada, no tiene valor normativo autónomo y requiere desarrollo legislativo para su aplicación.
APN Noticias