Un Equipo Auditor adscrito a la Subcontraloría Municipal de Bucaramanga determinó un presunto daño fiscal de 3.059’256.396 pesos a Metrolínea S.A., producido por una aparente “gestión fiscal antieconómica, ineficaz e ineficiente”.
En aplicación del artículo 40 de la Ley 610 de 2000, la apertura de un proceso de responsabilidad fiscal procede una vez establecida la existencia de un daño al patrimonio del Estado.
Por tanto la Subcontralora Municipal de Bucaramanga resolvió ordenar la apertura a proceso ordinario de responsabilidad fiscal radicado bajo el número 3409 contra los señores Antonio José Granados Parra – Gerente General vigencia 2017, Rodolfo Hernández Suárez – Alcalde de Bucaramanga, Danny Alexander Ramírez Rojas – Alcalde de Piedecuesta, Francisco Rangel Castro – delegado Alcalde de Girón, Juan Gonzalo Jaramillo – asesor del Ministerio de Transporte, Rafael Augusto Marín Valencia – miembro Junta Directiva, y Julián Eduardo Arenas Rodríguez – Director de Operaciones.
¿Cómo se produciría el daño fiscal?
En un intento de atacar el transporte informal y de paso aumentar el número de pasajeros del Sistema Integrado de Transporte Masivo – Sitm se estableció una prueba piloto de complementariedad en Convenio de Colaboración Empresarial, con el transporte convencional. La prueba piloto está autorizada para un mes en tiempo de alta demanda.
Según el jefe de operaciones de Metrolínea para la fecha de los hechos, los operadores del Sitm no contaban con la flota operativa para la realización de la prueba piloto, razón por la cual se celebraron convenios de cooperación empresarial con empresas de transporte convencional.
Sin embargo solo el Concesionario de Operación Metrocinco Plus y Tisa, Concesionaria de Recaudo y Control, dieron su consentimiento para la prueba piloto por término de un mes. Ese plazo se estableció en el parágrafo primero del artículo Primero de la Resolución 548 del 10 de julio de 2017.
El consentimiento de Tisa no implicaba que autorizara o permitiera que otra empresa explotara el recaudo, lo que sucede ya que el transporte convencional hace su propio recaudo, según tarifa vigente, con el usuario que hace uso del Sitm en buses convencionales, aunque el Sitm no recibe ninguna remuneración.
Así lo infiere el Equipo Auditor al observar que los buses convencionales empleados en el Sitm recaudan directamente y en efectivo a través de la venta de un ficho que representa el valor del pasaje. Esos valores no entrarían a la fiducia del Sitm y menos su ingreso a contabilidad.
Montos que no entraron a la fiducia
Los valores no entran al sistema, no obstante que los Transportadores convencionales han hecho uso de las instalaciones, vehículos, servicios y bienes de Metrolínea cuando los fundamentos fácticos (alta temporada) y jurídicos (prueba piloto, hoy Complementariedad y Convenio de Colaboración Empresarial por el término de un mes) han desaparecido.
El análisis del Equipo Auditor de la Subcontraloría Municipal de Bucaramanga encontró que los usuarios del transporte convencional, hoy complementariedad, hacen uso de los portales, pretroncales y troncales sin que con ello se beneficie el Sitm.
El informe del presunto hallazgo fiscal señala que ese recaudo que no entró a la fiducia del Sitm llegó a 2.975’002.800 pesos que pagaron 1’352.274 pasajeros que hicieron uso del Sistema de Metrolínea S.A. y por no entrar el dinero se habría generado un menoscabo a los recursos públicos.
Además la Junta Directiva aprobó y reconoció a Tisa el 13,50 por ciento del recaudo de los buses convencionales, es decir 142’074.905 pesos, de los cuales le autorizaron cancelar hasta el momento 84’253.596 por medio de la fiducia Corficolombiana. Sin tener en cuenta para nada a Metrocinco Plus y Movilizamos, se informó.
Llegados a este punto se informa que el daño fiscal total correspondería a 3.059’256.396 pesos, producto de la suma de lo recaudado por el transporte convencional es decir 2.975’002.800 pesos, y el reconocimiento a Tisa del 13,50 por ciento de ese recaudo, es decir 84’253.596 pesos.
La apertura del hallazgo fiscal ya se hizo. El trámite a continuación es escuchar en versión libre y espontánea a los ya mencionados señores Granados Parra, Hernández Suárez, Ramírez Rojas, Rangel Castro, Jaramillo, Marín Valencia y Arenas Rodríguez.