La reforma es un instrumento necesario para la protección social, el ejercicio efectivo de los derechos laborales y el acceso a salarios dignos mejora la calidad de vida del ciudadano, genera oportunidades de crecimiento, desarrollo persona y educación; facilita el desarrollo de habilidades y la participación en la toma de decisiones. La falta de participación económica causa tensiones sociales, desigualdades y conflictos, obstaculizando la construcción de una sociedad cohesionada y pacífica.
Por: Juana Yolanda Bazan Achury/ El gobierno nacional en un nuevo intento por cumplir con el compromiso de tramitar en el congreso una Reforma Laboral, el jueves 24 de agosto presentó a consideración del mismo, el proyecto de Reforma “Por medio del cual se adopta una reforma laboral para el trabajo digno y decente en Colombia”.
La reforma tiene la exposición de motivos en 75 páginas, a través de la cual se hace la sustentación de la misma, 92 artículos que se desarrollan en 65 páginas.
Como comprenderán, se trata de un texto muy amplio y cuyo estudio es bastante complejo, por lo que en este escrito me referiré a la exposición de motivos o justificación del proyecto, y en la próxima hare referencia a los arts., que se consideren importantes y novedosos sobre las relaciones individuales y colectivas.
Recordemos que el Código laboral vigente en Colombia fue expedido en el año 1950 al cual se modificó por Ley 50 de 1990, y ley 789 de 2002; lo anterior significa que han trascurrido más de 20 años de la última reforma, se impone su revisión y modernización, dado que las condiciones laborales de los trabajadores en el país no es la mejor, se presenta un desempleo que supera el 10%, con una desmedida informalidad.
Se debe reconocer que hay nuevas formas de relacionamiento laboral, atendiendo a las nuevas tecnologías, hacer ajustes acordes a las exigencias de la OIT, en relación con el cumplimiento de los acuerdos suscritos por Colombia, y que hacen parte del bloque de Constitucionalidad, también atender el llamado de la H. Corte Suprema de Justicia Sala Laboral que en Sentencia 1944 de 2021, instó al Congreso de la República, para que en desarrollo del art. 53 de la C.P. tramité leyes en orden a actualizar la legislación laboral tanto en las relaciones individuales como colectivas, de acuerdo con la C.P. de 1991(Estado Social de Derecho) cambios que no se han introducido después de 32 años de vigencia de la Constitución.
La justificación del proyecto en general comprende los siguientes aspectos:
- La importancia del trabajo para el logro de la Paz y la integración social.
- Necesidad de generar empleo de calidad, para robustecer el sistema pensional, ampliando la base de cotizantes al sistema.
- Incorporar las recomendaciones de La Corte Suprema de Justicia Sala Labora sobre la modernización y adecuación del sistema en desarrollo del art. 53 de la C.P,
- Reglamentar e introducir el sistema de Protección de los sectores vulnerables y de especial protección en concordancia con las exigencias de la Corte Constitucional.
- Atender los requerimientos de la OIT.
- Tener en cuenta los desafíos de la flexibilización laboral cuyo experimento no ha sido el esperado en el país.
- Introducir normas y crear las condiciones para superar el alto nivel de informalidad.
- Revisar los montos de la indemnización por despido injusto de los trabajadores.
- Suprimir la tercerización e intermediación laboral.
- Revisar los recargos por labores en dominicales y festivos y horas extras.
- Establecer remuneración o compensación en el contrato de aprendizaje.
Se regulan nuevas formas de contratación laboral tales como:
- Plataformas digitales.
- Trabajo a distancia.
- Trabajo agropecuario.
- Deportistas profesionales.
- Trabajadores inmigrantes.
- Empleos verdes y azules.
Se incorpora el Enfoque Diferencial, buscando la vinculación al mercado laboral de los distintos sectores sociales. Se impone la supresión legal de las brechas de género, se reglamentan las jornadas flexibles, trabajos deslocalizados mediante al uso de las tecnologías, se protege y reglamenta el servicio doméstico, se incorpora la reglamentación relacionada con violencia, discriminación y acoso laboral, se desarrolla la inclusión social y laboral para los discapacitados.
Se actualiza y regula el derecho de huelga, Negociación Colectiva y Asociación sindical, como instrumentos de protección y democratización para la clase trabajadora.
La filosofía de la reforma considera necesario que la sociedad del trabajo funcione, mediante ella se establecen redes de colaboración, se fomenta la solidaridad y la cohesión social, buscando garantizar un entorno laboral justo y en equidad.
Lo anterior, basado en el respeto, igualdad de oportunidades, no discriminación, empleos con vocación de permanencia y remuneración justa.
Garantizando el empleo digno, se avanza en un adecuado y sostenible desarrollo.
La reforma es un instrumento necesario para la protección social, el ejercicio efectivo de los derechos laborales y el acceso a salarios dignos, mejora la calidad de vida del ciudadano, genera oportunidades de crecimiento, desarrollo personal, educación, facilita el desarrollo de habilidades y la participación en la toma de decisiones.
La falta de participación económica causa tensiones sociales, desigualdades y conflictos, obstaculizando la construcción de una sociedad cohesionada y pacífica.
El propósito del gobierno con la Reforma Laboral es bueno para todos, en particular para los 22 millones de trabajadores, se garantiza la posibilidad de acceder a un empleo digno y estable; es muy garantista y protectora para el trabajador,
El debate en el congreso debe ser amplio, serio, académico y constructivo; no debemos olvidar que en las relaciones laborales la parte más débil es el trabajador. El trabajo es la única herramienta de verdadera incorporación social y superación nacional, por lo que debe ser digno y estable.
En la próxima columna me referiré a los artículos más polémicos y novedosos para compartir el punto de vista.
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*Exrepresentante a la Cámara por Santander.