Recusaciones no resueltas contra los integrantes de la Asamblea Departamental permitieron al Tribunal Administrativo de Santander decretar la nulidad de la elección de Contralor de Santander 2022-2025 en cabeza de Fredy Anaya.
El Tribunal Administrativo de Santander en sentencia de Primera Instancia “decretó la nulidad de la elección de Fredy Antonio Anaya Martínez, como Contralor General de Santander para el período 2022-2025, contenido en el Acta No. 119 del 30 de noviembre de 2021, por las razones expuestas” en la providencia.
En la providencia de 22.073 palabras y 49 páginas en formato PDF, el Tribunal Administrativo de Santander, con ponencia del magistrado Iván Mauricio Mendoza Saavedra, señala en un aparte específico: “Ahora cabe preguntarse si tal anomalía tiene la potencialidad de afectar de manera sustancial y directa el acto de elección. La respuesta es afirmativa porque los miembros recusados de la Asamblea Departamental de Santander no podían participar ni votar sobre la elección de contralor entre los aspirantes que conformaban la terna, hasta tanto no se resolviera en debida forma y por autoridad competente las recusaciones presentadas en su contra, ya que este trámite demandaba la suspensión de la actuación. Bajo estas consideraciones, se declara que prospera el cargo de nulidad”.
La decisión del Tribunal Administrativo de Santander para decretar la nulidad de la elección de Fredy Anaya Martínez como contralor general de Santander para el período 2022-2025 se da luego de que cinco expedientes se acumularan con el mismo objetivo: que se declarara la nulidad de la elección de Fredy Ana Martínez como Contralor General de Santander para el periodo 2022-2025.
La recusación formulada
De la revisión de las pruebas aportadas por la Asamblea Departamental de Santander en cumplimiento del requerimiento de la etapa probatoria, la Sala del Tribunal encontró que “Carlos Alberto Casas Durán mediante escrito dirigido a la Plenaria de la Asamblea, el 30 de noviembre de 2021, recusa a la diputada Marggy Carolina Rangel con fundamento en la causal de conflicto de intereses debido que su cónyuge ha sido investigado y tiene procesos con ocasión de las auditorías realizadas al Idesan y Ferticol, y estaría votando por la persona que va a investigar a su esposo.”
De otra parte, en escrito separado “recusa al diputado Nakor Fernando Rueda por conflicto de intereses argumentando tener vínculos afectivos con familiares de un candidato a ocupar el cargo de contralor”.
Encuentra además el Tribunal que Sergio Andrés Dávila Higuera “recusa a todos los diputados por conflicto de intereses directo, al manifestar que la Contraloría Departamental adelanta los procesos de responsabilidad fiscal en contra de los miembros de la Duma que afectaría el interés general que elija a la persona que los investigaría con lo cual podrían verse beneficiados con dicha elección”.
Mientras que José Nectolio Agualimpia “mediante escrito del 29 de noviembre de 2021, recusa al diputado Mauricio Mejía Abello por conflicto de intereses, exponiendo la existencia de estrechos lazos de amistad y confraternidad política con Fredy Antonio Anaya Martínez, quien es aspirante al cargo de Contralor del Departamento de Santander y, tener un proceso administrativo que adelanta la Contraloría Departamental”.
Asimismo, Agualimpia, dice el Tribunal en su decisión de primera instancia “en memorial de la misma fecha, recusa al diputado Hugo Andrés Cardozo Rueda por conflicto de intereses, manifestando que su familia ha participado en la celebración de negocios con el concursante al cargo de contralor Fredy Antonio Anaya Martínez, como el caso de la empresa de acueducto de La Mesa de Los Santos – Santander”.
Procedencia de las Recusaciones
Recusaciones recibidas y las mismas fueron estudiadas con base en sentencia del 23 de septiembre de 2021 del Consejo de Estado, que precisó que “las recusaciones deben cumplir con ciertos requisitos: Identificación del solicitante y el señalamiento del servidor público o particular que ejerce función pública, sobre el que recae el reproche y, las razones por las que se estima el conflicto entre el interés particular y el general.”
Con ese contexto las recusaciones procedieron. La recusación incoada por Sergio Andrés Ávila Higuera, dice el Tribunal “se advierte que están cumplidos los presupuestos. Asimismo, se explicaron las razones que se trata de un conflicto de intereses particular y directo por la participación de los diputados en la elección del funcionario que tendría a su cargo el trámite de los procesos administrativos fiscales que cursen en su contra”.
En las otras recusaciones igual, los sujetos están individualizados. La recusación frente al diputado Mauricio Mejía Abello se concreta en el conflicto de intereses por su estrecha amistad y confraternidad política con uno de los aspirantes Freddy Anaya Martínez, quien integraba la terna para elegir el cargo de contralor departamental.
Frente a la recusación del diputado Hugo Andrés Cardozo Rueda, la Sala “estima que se explicaron las razones por las cuales su participación en la elección del cargo contralor de Santander supone un conflicto de intereses directo y particular, al señalarse que miembros de su familia han celebrado negocios con uno de los participantes que integra la terna para contralor departamental”.
La recusación planteada por Carlos Alberto Casas Durán en contra de la diputada Marggy Carolina Rangel “satisfizo las exigencias mínimas requeridas para su correspondiente trámite, por cuanto se identificó al solicitante y el servidor público implicado”.
Sin embargo, dijo el Tribunal, “no resulta procedente el trámite de la recusación contra el diputado Nakor Fernando Rueda por cuanto, no se estructura por no estar entre los grados de parentesco que exige la norma”.
Asamblea no aceptó
En conclusión, la Sala de Decisión advirtió que “sí procedía el trámite de recusación presentado por Sergio Andrés Ávila Higuera en contra de todos los miembros de la Asamblea Departamental; así como también los propuestos en contra de los diputados Mauricio Mejía Abello, Hugo Andrés Cardozo Rueda y Marggy Carolina Rangel”.
Mediante comunicación del 30 de noviembre de 2021, los miembros de la Asamblea Departamental de Santander “declararon improcedente la recusación formulada por Sergio Dávila Higuera. Los diputados Marggy Carolina Rangel Bueno y Nakor Fernando Rueda Ortega a través de oficio del 30 de noviembre de 2021, dieron respuesta en la que no aceptan la recusación presentada por Casas Durán. En igual sentido, los miembros de la Duma se pronunciaron frente a la recusación radicada por José Nectolio Agualimpia”.
Posteriormente, dijo el Tribunal en su sentencia “en la sesión plenaria en la que se elegiría al contralor departamental contenida en el Acta No. 119 del 30 de noviembre 2021, la Asamblea Departamental concluyó la improcedencia de la recusación con la inserción en dicha acta de la comunicación del 30 de noviembre de 2021 en la que los diputados responden a Sergio Andrés Dávila Higuera, en primera medida, que no existe disposición que regule este procedimiento, para señalar que el conflicto de intereses no pregona o aplica cuando se trata de la participación en elecciones de servidores públicos por voto secreto”.
Adicionalmente, dijo, “no se probó la preexistencia de un proceso de responsabilidad fiscal vigente por los diputados y, en todo caso es la dependencia de Subcontraloría Delegada para procesos de responsabilidad fiscal la encargada de conocer tales cuestiones y la segunda instancia es conocida y decidida por el contralor auxiliar de Santander; por lo que, no opera tampoco el presunto conflicto de intereses planteado”.
No resolvieron de fondo
Dice la Sala que “no puede entenderse con esta actuación surtido en debida forma el trámite, pues no se resolvió de fondo la solicitud de recusación luego de la no aceptación de la causal invocada por los respectivos miembros de la Corporación Pública”.
En cuanto a la formulada por José Nectolio Agualimpia, se puso de presente “la remisión de las recusaciones que hace la Procuraduría Regional de Santander con la lectura de los oficios que así lo disponen; empero, no puede darse por cumplido el procedimiento ante la falta de una resolución de plano sobre tal cuestión con el traslado de las recusaciones y continuando la sesión con los demás puntos del orden del día, incluido la elección del Contralor de Santander”.
Dice el Tribunal Administrativo de Santander en su sentencia de primera instancia que bajo las anteriores circunstancias y atendiendo al criterio vinculante sostenido por la Sala Especializada del Consejo de Estado, encontró “configurada la irregularidad reprochada en el trámite de recusaciones adelantado al interior del proceso de selección de Contralor Departamental de Santander por la Duma. Lo anterior, por falta de competencia, ya que la recusación presentada por Sergio Andrés Dávila Higuera se dirigió contra todos los miembros de la Corporación pública y, por tal hecho resultaba improcedente que las mismas fueran resueltas por quienes estaban inmersos en tal situación, siendo lo pertinente en este evento la remisión a la Procuraduría Regional de Santander”.
Lo procedente hubiese sido la suspensión de la actuación mientras se dimiría el asunto. De igual manera, dice el Tribunal, “se evidencian irregularidades en el trámite de las recusaciones de Carlos Alberto Casas Durán y José Nectolio Agualimpia, pues en la sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2021-en la cual se eligió al contralor- la Asamblea no resolvió de fondo el asunto en particular previo al proceso de votación”.
Luego de ese análisis el mismo Tribunal se pregunta “si tal anomalía tiene la potencialidad de afectar de manera sustancial y directa el acto de elección. La respuesta es afirmativa porque los miembros recusados de la Asamblea Departamental de Santander no podían participar ni votar sobre la elección de contralor entre los aspirantes que conformaban la terna, hasta tanto no se resolvieran en debida forma y por autoridad competente las recusaciones presentadas en su contra”. Bajo estas consideraciones, declaró que “prospera el cargo de nulidad”.
En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Santander, resolvió “decretar la nulidad de la elección de Fredy Antonio Anaya Martínez, como Contralor General de Santander para el período 2022-2025, contenido en el Acta No. 119 del 30 de noviembre de 2021, por las razones expuestas”.