Colombia registra una riqueza de 1.616 especies de peces de agua dulce, de las cuales cerca del 45% (es decir 722 especies) se distribuyen en la cuenca
del Orinoco, siendo, después de la cuenca Amazonas, la zona hidrográfica con mayor número de especies. Esta cuenca, además, es de gran importancia comercial, ya que el 90% de los peces ornamentales que exporta el país provienen de Puerto Carreño (Vichada) e Inírida (Guainía).
Ambas capitales son epicentros de la pesca deportiva que se desarrolla en el territorio nacional, con la activa participación de las comunidades locales. Sumado a ello, muchas de estas especies son fundamentales para la seguridad alimentaria y la nutrición de los pobladores de la región.
Pese a la importancia de este recurso pesquero, sus humedales o ecosistemas acuáticos –hábitats naturales de los peces– enfrentan grandes amenazas debido a la deforestación, la minería y la sobrepesca, agravadas por el cambio climático. Así, por ejemplo, en épocas de sequía extrema
(fenómeno de El Niño), se disminuye la conexión entre los ríos con las lagunas, bosques y sabanas inundables aledañas. Tal interrupción de los flujos de agua afecta procesos ecológicos claves como las subiendas de pescado y la dispersión de semillas por peces frugívoros.
Resoluciones para la Orinoquía
Frente a este panorama, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) expidió dos actos administrativos.
El primero es la Resolución 2663 del 9 de noviembre de 2022, “que establece nuevas medidas de manejo para los recursos pesqueros de consumo y ornamental extraídos del medio natural en los departamentos de Vichada, Guainía, Arauca, Casanare, Meta y Guaviare”, y la Resolución 2877 del 30 de noviembre de 2022, que “establece la reglamentación de la actividad pesquera en la cuenca del río Bita (Vichada)”.
“Estas medidas de manejo no solo tuvieron en cuenta todos los soportes técnicos y jurídicos aportados por la AUNAP y por entidades públicas y privadas que desarrollan actividades en la zona, sino que también vinculan directa y activamente a las comunidades e instituciones gubernamentales y militares de la región, así como a representantes y líderes pescadores y sus asociaciones locales”, comentó John Jairo Restrepo, Director Técnico de Administración y Fomento de la AUNAP.
- Con la publicación de dos nuevas resoluciones, la AUNAP establece medidas de manejo para los peces de consumo y ornamentales en seis departamentos de la Orinoquia, así como la reglamentación de la actividad pesquera en el mayor humedal de importancia internacional de Colombia, el río Bita (Vichada).
Resolución 2663
La Resolución 2663 del 9 noviembre de 2022 establece un ajuste al período anual de veda, que comenzará el primer lunes después de Semana Santa (según el calendario católico) y se extenderá hasta el 31 de mayo de cada año. Así, en 2023 la veda en la Orinoquia empezará el 10 de abril y terminará el 31 de mayo.
El nuevo período de veda no incluirá la Semana Santa, pues, tradicionalmente, es la temporada de mayor comercialización de productos pesqueros de consumo.
Este acto administrativo “consideró el concepto técnico de expertos, información recopilada por comunidades locales e instituciones que han trabajado en la región, y la revisión de estudios biológico-pesqueros de la época de reproducción de 52 especies de importancia y aprovechamiento comercial en la Orinoquia”.
A su vez, esta resolución prohíbe el almacenamiento, transporte y comercialización de toda clase de recursos pesqueros de consumo extraídos de las poblaciones naturales hacia el interior del país o del resto de la Orinoquia. Su comercialización solo podrá llevarse a cabo dentro del mismo municipio donde fueron capturados estos recursos, directamente por los pescadores y únicamente con fines de subsistencia. Asimismo, prohíbe la captura, acopio, transporte y comercialización de peces ornamentales extraídos de las poblaciones naturales en toda la región de la Orinoquia, incluyendo hembras de especies de uso ornamental que se encuentren en estado de gravidez.
Resolución 2877
La Resolución 2877 del 30 noviembre de 2022 establece medidas de manejo a los recursos pesqueros de consumo y ornamental, y a la pesca deportiva de la cuenca del río Bita (Vichada), el humedal de importancia internacional (sitio Ramsar) más grande de Colombia (824.536 ha), ubicado al oriente de la Orinoquía colombiana.
Esta cuenca brinda numerosos servicios ecosistémicos que aportan al bienestar social y económico de los pobladores. Entre ellos se encuentran el transporte fluvial, la recreación y la oferta de atractivos turísticos, además del abastecimiento de agua para riego de plantaciones forestales y alimento, representado en buena medida, por el recurso pesquero.
Para los recursos pesqueros de consumo, la Resolución prohíbe el uso, transporte y tenencia de redes de ahorque como chinchorros y mallas, al igual que el uso de las atarrayas en toda la cuenca.
Asimismo, la veda establecida por la Resolución 2663 de 2022 aplica también para el río Bita, con todas sus especificaciones, para los recursos pesqueros de consumo y ornamentales. Es decir, se prohíben la captura, acopio, transporte y comercialización de ambos tipos de pesca durante el periodo comprendido entre el primer lunes después de Semana Santa, de acuerdo con el calendario católico, hasta el 31 de mayo de cada año.
Además, favorece la conservación de varias especies amenazadas y prohíbe la pesca deportiva con fines recreativos de la arawana azul (Osteoglossum ferreirai), el pavón real (Cichla intermedia) y el valentón (Brachyplatystoma filamentosum). Frente a esto último, es importante aclarar que, de acuerdo con el numeral cuarto de la parte resolutiva de la Sentencia C148 de 2022 de la Corte Constitucional, los permisos de pesca deportiva en Colombia se expedirán con vigencia máxima hasta el 22 de julio de 2023 y los permisos expedidos con vigencia superior expirarán en la fecha indicada sin excepción.
Igualmente, debe tenerse en cuenta que, una vez se presente ante el Comité Ejecutivo para la Pesca una propuesta de cuota para la arawana azul en 2023, se aspira a levantar el cierre de la pesquería de esta especie, permitiendo su captura únicamente durante los meses de octubre a marzo de cada año y su comercialización a nivel nacional e internacional.
- Estas medidas de manejo no solo tuvieron en cuenta los soportes técnicos y jurídicos, también vinculan directa y activamente a las comunidades.
- Las nuevas resoluciones son un aporte de la AUNAP a los esfuerzos de conservación, uso y manejo sostenible de los recursos pesqueros.
Conservación, manejo y uso sostenible
La activación de estas resoluciones representa una oportunidad de conservación, manejo y uso sostenible para los recursos pesqueros de la Orinoquía, al tiempo que responde a compromisos internacionales de Colombia, pues incluye dos sitios Ramsar que ya han formulado y están implementando sus respectivos Planes de Manejo Ambiental.
“Estamos seguros de que este ajuste a la veda traerá beneficios sociales y económicos a los pescadores, pues una vez concluya, el ecosistema recibe un descanso en las zonas de pesca y se recuperan las diferentes especies de peces con valor ornamental y de consumo. Su cumplimiento garantiza que todos seamos parte de la sostenibilidad del recurso y parte de la solución a las amenazas que continuamente enfrentan”, recalcó Daniel Ariza Heredia, Director General (e) de la AUNAP.
“Estos procesos de ordenación son un aporte de la AUNAP a los esfuerzos de conservación, manejo y uso sostenible de los recursos pesqueros de esta importante región colombiana”, concluyó.