Este martes cuatro de octubre inició oficialmente sus operaciones el Centro de Catastro Multipropósito, adscrito a la Secretaría Distrital de Planeación; otra de las metas estratégicas del Plan de Desarrollo 2020 – 2023, que alcanza el Gobierno del centenario en su tercer año de mandato.
La puesta en marcha del Centro de Gestión Catastral es un paso trascendental que han dado pocos municipios en Colombia. De 1.103 entes territoriales, el 2%, es decir 26, ha sido habilitado por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC-, como Gestor Catastral, incluido el Distrito.
Barrancabermeja ahora tiene la competencia de gestionar con autonomía su catastro, como lo hacen desde hace años Antioquia, Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla, lo que facilita y agiliza los trámites y las consultas para la prestación de un mejor servicio, pues garantiza a los ciudadanos ahorrar tiempo, al no tener que volver a desplazarse a Bucaramanga para poder realizar tales diligencias.
Y no sólo eso. Si se tiene en cuenta que el Catastro Multipropósito es una política pública dirigida precisamente a contar con información predial actualizada, rural y urbana, completa y confiable, esto significa que su habilitación como Gestor Catastral le permite al Distrito conocer mejor el territorio para la planeación y la toma de decisiones que, en últimas, fortalecen su Plan de Desarrollo.
Y es que después del Plan de Ordenamiento Territorial -POT-, el de Catastro Multipropósito es el instrumento más útil, favorable y efectivo para los fines antes referidos y a los que se suma, la tarea de organizar y planificar el desarrollo integral, sostenible y equitativo del territorio.
“Luego de cumplir todos los requisitos ante el IGAC, y estar habilitados como gestores catastrales, podemos decir como Gobierno, que estamos listos para brindar a los barranqueños un servicio con altos estándares de calidad y eficiencia. Quienes así lo requieran, podrán hacer sus diligencias catastrales directamente en nuestro Distrito”, informó Jaime Peña Robles, secretario de Planeación.
Gestión tributaria
Catastro Multipropósito no es impuesto predial. Registra dicha información y da insumos para que las Administraciones mejoren su gestión tributaria.
Algo más. Si bien es cierto que esta política pública no sanea la tenencia irregular de la tierra y tampoco otorga derechos sobre la misma; sí apertura la ruta que favorece los programas de legalización urbanística de asentamientos humanos y también los procesos de titulación.
“Ser gestores catastrales significa que ya no dependemos del IGAC. Asumimos el manejo del propio catastro y esto agilizará el proceso de legalización urbanística, porque tenemos a la mano toda la cartografía del Distrito y los demás documentos que exige la ley y que antes debían tramitarse en el IGAC. Es decir, dependeremos de nuestra voluntad», aseguró el alcalde distrital, Alfonso Eljach Manrique.
Más beneficios
-Los barranqueños no tendrán que salir de la ciudad para poder realizar sus trámites catastrales. Ahora podrán hacerlo en el nuevo Centro de Catastro Multipropósito, ubicado en la calle 49 N°5-34 del sector comercial.
-La Alcaldía de Barrancabermeja brindará un servicio público catastral permanente, oportuno y con todos los estándares de calidad y tecnología a sus ciudadanos.
-También tiene la capacidad de prestar la gestión, los tramites, servicios y consultas relacionadas con catastro, en cualquier parte de la geografía nacional, a los entes territoriales que así lo soliciten.
-Horario de atención: Lunes a jueves, de 7:30 a 11:30 a.m. y de 2:30 a 5:30 p.m. Los viernes de 7:30 a 11:30 a.m. y de 2:00 a 4:30 p.m.
“El Catastro Multipropósito es un hecho que pone al Distrito a la altura de las grandes capitales, no sólo en lo que tiene que ver con la gestión catastral, sino también en lo relacionado a la gestión de información cartográfica, incluido la del POT Distrital 2022 – 2035”, concluyó el jefe de la cartera de Planeación Distrital.
Estos son los servicios
-Cambio datos de propietario, poseedor u ocupante. -No Segregación y agregación. -Inscripción o modificación del reglamento de propiedad horizontal. -Nuevas edificaciones o construcciones y demoliciones. -Cambios en el uso de las construcciones y destino económico del predio.
-Modificación de las condiciones y características constructivas. -Autoestimación del avalúo catastral. -Inscripción de predio o mejora. -Revisión de avalúo. -Complementaciones y modificaciones de la inscripción catastral por actos administrativos. -Cancelación de inscripciones catastrales por orden legal, causas naturales o fuerza mayor.
-Rectificación de datos jurídicos del predio. -Rectificación por nomenclatura o doble incorporación. -Rectificación áreas y linderos. -Productos y servicios catastrales: –Certificado catastral. –Ficha predial. –Insumos cartográficos.