El artículo 336 del Acuerdo 011 del Plan de Ordenamiento Territorial -POT- del año 2014 se convirtió en Bucaramanga en la piedra en el zapato para unos y en la puerta falsa para otros, porque pueden operar sin cumplir los requisitos, y ambos, tanto autoridades como algunos comerciantes, se escudan en el 336 para seguir sin que nada pase.
El asunto se volvió tan complejo que los comerciantes bumangueses están con deseos de ubicarse en otros departamentos para ver si allá obtienen las gabelas que la Alcaldía de Bucaramanga entregaría a los empresarios de otros departamentos.
Sin caminar muchas calles ya en casi todos los lugares se puede encontrar que los establecimientos comerciales son atendidos por santandereanos, pero los propietarios no son santandereanos. Los capitales de otros departamentos son bien recibidos y atendidos, con excepciones que no cobijan a los locales. El empresariado local estaría ad portas de emigrar o de quebrar.
Caso patente se evidenció con una denuncia de ciudadanos y empresarios que observan cómo dos casinos ubicados en el centro de Bucaramanga no cumplen con el reglamento del POT. La Secretaría Municipal de Planeación de Bucaramanga responde que esos lugares están amparados por la licencia de construcción.
“¿Qué papeles se necesitan para montar un negocio? Inscribirse en el registro mercantil. Diligenciar el certificado de uso de suelos. Adquirir el certificado de derechos de autor. Adquirir el concepto sanitario. Certificado de seguridad. Control de pesas y medidas”. Ni siquiera se exige allí la licencia de construcción.
Laura Rico, abogada especialista en derecho administrativo, es la vocera de esos ciudadanos y empresarios a quienes en Planeación Municipal de Bucaramanga no escuchan o responden apoyados en el 336 del POT de 2014.
Dijo la abogada que “la Secretaría de Planeación emitió un concepto donde dice que ellos -los dos casinos en cuestión- cumplen con los usos establecidos, por tanto la policía no puede entrar a hacer un sellamiento hasta tanto no haya un concepto contrario, toda vez que ellos actúan con base en la información suministrada por la Administración Municipal. El concepto final lo tiene que entregar es la Secretaría de Planeación”.
Dijo además que “se le ha puesto de presente a la Secretaría de Planeación, pero es tal la omisión que se le han puesto de presente dos conceptos emitidos por las Curadurías donde mencionan que no existe licencia urbanística alguna para ninguno de los dos establecimientos y aun así han continuado permisivos con el funcionamiento de dichos establecimientos comerciales”.
“Tengo la queja de varios ciudadanos que se han acercado para determinar cuál es el paso a seguir en estos casos y que me han puesto en conocimiento de los documentos que tienen donde se puede evidenciar la denuncia que se está haciendo formalmente y dentro de la cual se encuentran dos procesos policivos activos actualmente en la Inspección de Policía de Bucaramanga”, dijo la abogada.
Dentro del Código Nacional de Policía se establece que la Policía Nacional es la autoridad de policía que en primer sentido debe realizar dicha vigilancia, pero la Policía no puede actuar en ese sentido hasta recibir la orden de Planeación.
Explicó la profesional del derecho que “el Plan de Ordenamiento Territorial -POT- del 2014 -a través de su artículo 336 del Acuerdo 011 de 2014- generó unas excepciones para no perjudicar a los comerciantes que venían desarrollando actividades comerciales en sectores que a partir de esa fecha no iban a poder desarrollar”.
“Sin embargo -explicó la abogada- para que los afectados se vieran inmersos en dichas excepciones debían cumplir unos requisitos, para poder determinarse como usos establecidos. Esos requisitos eran tener un plano aprobado y una licencia que es la que marca cuáles son los parámetros dentro de los cuales van a funcionar”.
Sin embargo, continuó la abogada, “podemos evidenciar que actualmente existen dos casinos que están funcionando de acuerdo a la Alcaldía, dentro de lo que se determina como usos establecidos, sin el cumplimiento de dichos requisitos”.
“Dicha situación se le ha puesto de presente a la Alcaldía desde hace tres años, sin embargo la inoperancia de los funcionarios que tienen la obligación de controlar y vigilar los establecimientos comerciales ha sido tal que a través de acciones constitucionales como la acción de tutela y acciones policivas, a la fecha no se ha podido determinar ni se ha podido lograr la suspensión definitiva de dichos establecimientos que lo que generan es una mala práctica, teniendo en cuenta que generan competencia desleal, situación que está siendo apoyada por la Alcaldía al haber sido denunciada esa situación y al haber continuado con dicho ejercicio”, dijo Laura Rico.
Dijo además que “esto no afecta solo a los establecimientos comerciales sino a la ciudadanía en general, teniendo en cuenta que se encuentran ubicados en una zona donde está la Catedral De La Sagrada Familia, razón por la cual dicha actividad o dicha práctica no está bien vista por la ciudadanía en general. Los dos casinos que se ven en estas prácticas vienen funcionando más o menos alrededor desde hace quince años, sin embargo en la última solicitud de uso de suelo, la cual fue revocada por parte de la alcaldía municipal el año 2019, lo que generaría que esos casinos no se puedan encontrar inmersos dentro de dicha excepción que es la de los usos de suelos o los usos establecidos, teniendo en cuenta que para que se pudieran encontrar inmersos en dicha excepción y fuera legal su funcionamiento a la fecha, tendrían que tener dichos planos y dicha aprobación, previo a la expedición del POT, es decir previa el año 2014”.
“Desde el año 2014 estarían afectando la norma, -dijo la abogada- sin embargo las denuncias se han hecho durante los tres últimos años sin dar resultado alguno por parte de la Administración Municipal tiempo más que suficiente para que los funcionarios encargados hubieran adelantado las gestiones necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Las afectaciones más graves son para los comerciantes que sí se están viendo obligados a cumplir y que no están en igualdad de condiciones, otros casinos y otros bingos, que sí han solicitado poder ejercer dicha actividad en dicho sector y en cambio a ellos no se les ha dado, no se les ha otorgado el permiso, por lo cual podríamos pensar que inmerso hay tráfico de influencias y una omisión por parte de la administración municipal en su deber de vigilancia y control de los establecimientos comerciales”.
Según la abogada “el Secretario Municipal de Planeación de Bucaramanga les comentó que iba a revisar el proceso, adicionalmente se puso de presente que de acuerdo al manual de funciones de la Alcaldía de Bucaramanga a quien corresponde dar este tipo de conceptos es la Subsecretaría de Planeación, quien en su momento manifestó que ella desconocía el contenido del concepto emitido por ella misma, toda vez que era una contratista quien lo había proyectado y ella lo iba a entrar a revisar con la contratista. De eso ya hace más de veinte días y a la fecha 17 de febrero de 2022 no me ha dado respuesta frente a dicha situación”.
“Lo que sí puedo asegurar es que a la fecha los casinos se encuentran funcionando fuera de los parámetros legales. La ciudadanía se ha quejado particularmente porque estos lugares se encuentran cerca de un centro religioso, el más importante de la capital santandereana como es la Catedral de la Sagrada Familia y al centro histórico de Bucaramanga lo que es mal visto por la ciudadanía y por las personas de manera tradicional y religiosa como es salir de un sitio religioso y encontrarse con un lugar de juegos y azar”, dijo la abogada.
El lugar religioso es la Catedral de la Sagrada Familia y por ello mismo el POT estableció que a menos de 200 metros no se podía tener este tipo de actividad comercial, sin embargo, dijo “mágicamente nos encontramos conque esos casinos están amparados, según la Alcaldía de Bucaramanga por los usos establecidos, lo cual fue una interpretación errónea y amañada que le está dando la Alcaldía. Un casino está en la calle 37 con carrera 18 y el segundo está en la carrera 15 con calle 33. Pertenecen al Grupo de Empresarios de Colombia Grecol SAS con domicilio en Ibagué, Tolima, cuya acción principal es “Actividades de juegos de azar y apuestas” y la secundaria es “Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados”2.
A través del encargado visible de comunicaciones de la Alcaldía de Bucaramanga se intentó tener un pronunciamiento del alcalde Juan Carlos Cárdenas Rey pero hasta el momento su respuesta es el silencio.