El proyecto de ley por medio de la cual se establecen incentivos para la creación, formalización y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres y se dictan otras disposiciones – Ley creo en ti; pasó a sanción del presidente de la república, tras su conciliación en el legislativo.
Así lo confirmó en su cuenta de Twitter la representante a la Cámara, Nubia López Morales, al expresar que “como coordinador ponente quiero decirles que pasa a sanción presidencial el proyecto de ley que establece incentivos para la creación, formalización y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres”.
#SeráLey como coordinador ponente quiero decirles que pasa a sanción presidencial el proyecto de ley que establece incentivos para la creación, formalización y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres. #CreoEnTi
— Nubia López (@NubiaLope_z) April 29, 2021
A criterio de la congresista santandereana, la iniciativa crea una política pública para el emprendimiento femenino, a fin de incrementar su capacidad productiva, participación en el mercado, y exaltar su contribución en el desarrollo económico y social del país.
Política pública
Una vez el presidente Iván Duque promulgue la iniciativa, su gobierno deberá formular, implementar y evaluar una política pública integral de fomento al emprendimiento liderado por mujeres, con miras a desarrollar la ley y ejecutar en debida forma sus principios.
“El Gobierno nacional debe reglamentar en un plazo no mayor a un año de entrada en vigencia la presente Ley el aspecto procedimental de cada una de las etapas de esta política pública y buscará la participación de actores públicos, privados, comunidades, organizaciones y grupos sociales en general que desarrollen actividades a favor de la mujer”, dijo la congresista liberal.
La política pública, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, diseñará los instrumentos técnicos, administrativos, jurídicos y financieros necesarios para la asesoría e implementación de programas y proyectos que contemplen de manera integral la formalización, el fomento, la financiación y la formación de las mujeres emprendedoras.
“Esa política deberá ir en consonancia con los objetivos y consideraciones establecidas en la Ley 2069 de 2020 a través de la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia”, dijo.
Además, los sectores de la administración pública del orden nacional y territorial, la Red Nacional para el Emprendimiento y el Sistema Nacional de Competitividad e Innovación, deberán cumplir acciones de seguimiento y evaluación de las diferentes políticas públicas en los ámbitos nacional y territorial de equidad de género, asegurando instrumentos que fomenten la creación, formalización y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres, como herramienta para el cierre de las desigualdades.
Funcionamiento
El Ministerio de Educación y el Sena, podrán adelantar estrategias que incentiven el desarrollo emprendedor de estudiantes de instituciones de educación superior y de aprendices, así como brindar apoyo técnico para la consolidación de emprendimientos en edad temprana.
“Se dará prioridad a los proyectos liderados por mujeres, con el objetivo de promover el cierre de brechas de género que se presentan en el sector empresarial, para lo cual se articulará con las IES del territorio nacional”, explicó la representante.
Con el fin promover la consolidación de los emprendimientos nacientes de aprendices del Sena, el Ministerio de Industria y Comercio e Innpulsa Colombia, podrán priorizar la vinculación de estos emprendimientos dentro de la estrategia de Empresarios solidarios con Emprendimientos Nacientes contenidas en el artículo 61 de la Ley 2069 de 2020.
La financiación, inversión y asistencia técnica destinada a promover, financiar y apoyar el emprendimiento, la formalización y el fortalecimiento empresarial de las mujeres podrá contar con los recursos del patrimonio autónomo creado mediante el Decreto Legislativo No. 810 de 2020.
Además, las entidades estatales, que tengan dentro de sus funciones misionales el fomento al emprendimiento, podrán destinar recursos de su presupuesto de inversión para la creación y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres, sin que estos excedan los objetivos establecidos en la regla fiscal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
Bancoldex, Finagro, el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), el Banco Agrario y demás entidades estatales de servicios financieros, en un plazo no mayor de un año desde la promulgación de la Ley, podrán diseñar o ajustar sus políticas y metodologías de evaluación de riesgo crediticio, para incluir a las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres. Para esto, podrán desarrollar programas o alianzas con entidades del ecosistema de emprendimiento, dirigidas a la adecuada mitigación de los riesgos.
La DIAN, dispondrá de un año, para elaborar una ruta de atención y simplificación de trámites para las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres.
Apoyo a la formalización
El Gobierno con el apoyo de las Cámaras de Comercio, INNpulsa Colombia y Bancóldex, estructurará e implementará un programa de apoyo a la formalización, estímulo y acceso al crédito que integre garantías mobiliarias, para las micro y pequeñas empresas nuevas en las cuales participen mujeres en su capital mayoritariamente.
Se fijará un descuento en la tarifa de inscripción del registro mercantil y respecto de las operaciones de crédito podrá establecer una tasa especial, para el estímulo de las nuevas micro y pequeñas empresas.
«La ley establece que anualmente la primera semana del mes de marzo, será la Semana Nacional del Emprendimiento Femenino. En ella se celebrarán eventos del orden nacional y territorial que resalten y fomenten las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres, y la promoción del signo distintivo. Universidades, entidades sin ánimo de lucro, alcaldías, gobernaciones, Cámaras de Comercio, consulados y demás agentes del ecosistema del emprendimiento, coordinarán las actividades que se realicen para su conmemoración», dijo Nubia López Morales.
También se crea un premio nacional, para reconocer las políticas, planes, programas, estrategias y participación que provenga de entidades públicas o empresas privadas, que genere incentivos para la creación y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres. Ese premio será entregado en el marco de la semana nacional del emprendimiento femenino.
El Gobierno Nacional deberán incluir en la rendición de cuentas que realiza anualmente al Congreso de la República, un capítulo especial sobre los avances en la implementación de la presente Ley, la identificación de emprendimientos femeninos en estado de informalidad a nivel nacional y territorial y del comportamiento económico de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres.
Los resultados serán incluidos en el sistema de cuentas nacionales con el objeto de medir la contribución del emprendimiento de la mujer al desarrollo económico y social del país y como herramienta fundamental para la definición e implementación de políticas públicas.
Signo distintivo
La congresista santandereana confirmó que, con la ley, también se crea un signo distintivo, como marca de certificación que identifique y genere incentivos para la formalización y el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres en situación de vulnerabilidad.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo será el titular de la marca de certificación. El registro de este signo distintivo deberá ser solicitado ante la Superintendencia de Industria y Comercio, sometiéndose el trámite a lo establecido en la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina y la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Una vez registrada la marca, la autorización de uso será otorgada por MinComercio a favor de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Serán beneficiarias de la autorización de uso del signo distintivo las mujeres reconocidas por la Unidad para la Atención y la Reparación Integral a las Víctimas como víctimas de conflicto armado; mujeres en situación de discapacidad; madres cuidadoras de personas discapacitadas; madres comunitarias del ICBF; sobrevivientes de ataques con agentes químicos; mujeres rurales; mujeres que hagan parte de los procesos que implementa la ARN; mujeres con emprendimientos afectadas por la pandemia; mujeres del programa Familias en Acción; madres, hijas y esposas o compañeras permanentes de integrantes de las Fuerzas Militares o Policía Nacional fallecidos por hechos ocurridos por razón del servicio; mujeres privadas de la libertad y excarceladas; mujeres habitantes de municipios PDET y de sexta categoría; adscritas a programas de sustitución de cultivos ilícitos; mujeres pertenecientes a comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras y raizales; vendedoras informales que hayan ejercido esta labor durante los cinco años y demás colectivos de mujeres y empresas lideradas por ellas.