Por: Hernando Ardila González/ La comunidad litigante de Colombia parte de estas tres premisas en sus activismos y reclamo ante el gobierno nacional:
1- El cierre de la justicia agrede a la democracia, 2- Afecta el derecho fundamental de la comunidad nacional a una justicia pronta y cumplida y 3- Lesiona gravemente el derecho al trabajo y el mínimo vital de la Comunidad Litigante, de los Auxiliares de Justicia y de nuestras familias.
Son razones más que suficientes para que se haga necesario puntualizar con el Gobierno Nacional a través del Consejo Superior de la Judicatura, los temas de altísima prioridad en el momento histórico actual.
Es un hecho que, como profesionales responsables, estamos en disposición de asumir con respeto y responsabilidad la defensa de nuestros intereses frente a la actual crisis, mediante los diálogos abiertos y permanentes con el Consejo Superior de la Judicatura y sin perjuicio de nuestro derecho constitucional a la movilización para visibilizar el drama de la justicia y de nuestras colectividades, cumpliendo los parámetros de lo pacífico y los protocolos de bioseguridad.
Igualmente, nuestro empeño es acatar las disposiciones que en los diálogos incluyentes se acuerden y que reflejen el compromiso y las acciones verificables en el corto plazo, para reabrir el servicio de administración de Justicia hasta su normalización total en todo el territorio nacional.
Nuestras propuestas y sus prioridades
Sobre la actual situación económica de la comunidad de litigantes: Demandamos urgente, inmediata y prioritaria atención por parte del Gobierno Nacional, a la grave situación económica de la comunidad litigante. Se propone para el efecto, la creación de un Fondo de Emergencia y Apoyo a la Comunidad Nacional de Litigantes, con plazos de hasta cinco años y el menor interés posible para su pago total y con la siguiente prioridad:
- Litigantes en situación de deterioro de salud física y sicológica por cuenta del estrés provocado por la crisis actual y su falta de trabajo profesional.
- Madres y padres cabeza de familia.
- Litigantes en edad de pensión y sin posibilidad de la misma.
- Litigantes mayores de 60 años con obligaciones pendientes por razón de la infraestructura para su labor, (arriendo o cuota de oficina, administración, servicios, etc).
Litigantes en general en el concepto precitado
Reapertura del Servicio de Administración de Justicia: Que el Gobierno Nacional, prevea, planee y disponga con un cronograma, agenda y estrategias concertados entre Consejo Superior de la Judicatura, Gremios de Abogados y Gremios de la Rama Judicial, para que, con las garantías de Bioseguridad para Ciudadanos, Litigantes y Funcionarios Judiciales, se disponga sin más aplazamientos, la reapertura del servicio de Administración de Justicia, para lo cual el Estado debe:
- Proveer a funcionarios y litigantes los implementos de bioseguridad esto es, un kit semanal de guantes, tapabocas y desinfectantes, hasta que se declare al territorio, libre de todo riesgo de contagio y propagación.
- Disponer los mecanismos de desinfección, por ejemplo, alcohol glicerinado, lavapies, medidores de temperatura corporal, a la entrada de las dependencias judiciales,
- Habilitar una ventanilla externa para la recepción de demandas, memoriales, correspondencia, y demás diligencias que no impliquen permanencia de ciudadanos y litigantes en hacinamiento dentro de las dependencias judiciales; (creemos pertinente que se considere la habilitación de la infraestructura inmobiliaria cercana a los centros de justicia que por su condición locativa y no uso en la actualidad, pueden disponerse para los trámites antedichos).
Considerar la reapertura del servicio de administración de justicia con la siguiente prioridad:
- De manera inmediata en ciudades y municipios donde no exista reporte alguno de casos Covid-19.
- A partir del 8 de junio del presente año, en ciudades y municipios donde el número de casos, (en tratamiento o aislamiento), de acuerdo con el concepto de científicos, no impacte, ni coloque en riesgo a la población involucrada con el servicio y la administración de justicia.
- En ciudades y municipios de mediano y alto impacto, implementación inmediata de la Justicia Virtual mediante: Digitalización de expedientes, Audiencias virtuales por plataformas oficiales, radicación de memorandos y otros documentos por correo electrónico, notificaciones por correo electrónico.
Justicia en Línea
Digitalización de Expedientes. Consideramos de especial urgencia la digitalización de los expedientes, para lo cual el gobierno nacional apropiará un presupuesto gradual y con la siguiente prioridad:
Ciudades capitales y de primera categoría con alto impacto de Covid-19, Municipios de primera, segunda categoría con mediano impacto y Municipios de las demás categorías con bajo o cero impactos de Covid-19.
En general es el pliego que cursaremos hacia el Consejo Superior de Judicatura y que recoge el sentimiento de nuestros colectivos, en los que se congregan la mayor parte de nuestros colegas, sin distinción de filiaciones, credos, raza, región, especialidad.
*Abogado Penalista, postulado a Maestría en Derecho Constitucional. Presidente Colegio Nacional de Abogados de Colombia Conalbos Santander y Vicepresidente Nacional.
Twitter: @HernandoArdila6