Según cuenta Amanda Riaño Corzo a su esposo lo asesinaron en el año 2009, hace un poco más de diez años, pero desde entonces hacía acá no ha recibido la reparación a que tiene derecho, según lo determina la Ley de Víctimas.
En fecha reciente un nuevo recurso salió a su favor, pero antes que ordenar a que se le entregue la reparación económica a que tiene derecho, la decisión fue otra. Grave, pero no la que ella quería.
La decisión del Juez fue: Ordenar el arresto por tres días, del Director Técnico de Reparaciones de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, abogado Enrique Ardila Franco; así como con multa de tres salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Denuncia en vídeo
Corrillos! tuvo acceso hace unas horas a dos vídeos de doña Amanda en donde la mujer recuerda que “el once de septiembre del año 2009 en el municipio de Saravena, Arauca, mataron a mi esposo grupos al margen de la ley. He interpuesto dos tutelas que han fallado a mi favor”.
Continúa el vídeo y dice la misma señora que “la Unidad y Reparación Integral a las Víctimas me ha estado tomando el pelo. El señor Juez dictó tres días de arresto, y yo no quiero que alguien vaya a la cárcel, lo que yo quiero es que me paguen lo que me pertenece por ley”.
En otro vídeo un poco más largo la misma señora Amanda dice que “…del año 2009 en el municipio de Saravena, Arauca, mataron a mi esposo los grupos al margen de la ley”.
Madre cabeza de hogar
Señala de igual forma en el vídeo que “Tengo derecho a una reparación por ley. He interpuesto dos tutelas y han salido a mi favor. El Director de la Unidad y Reparación Integral a las Víctimas me está negando el derecho de una indemnización”.
Y enseguida la señora le pide “a la Procuraduría, a la Fiscalía, a los medios de comunicación y al señor Director de Reparación que me colaboren porque soy madre cabeza de familia de mi hogar, con hijos con discapacidad”.
Dice que “ahora reciente el señor Juez le dictó tres días de cárcel al señor Director de Reparación, pero no quiero que vaya a la cárcel, lo que quiero es que me pague mi indemnización que me pertenece por ley».
Pese a la zozobra
La historia de doña Amanda se remonta al año 2009 cuando asesinaron a su esposo, desde ese momento para acá pasó a ser la jefa del hogar, responsable de ella y de sus hijos y con la zozobra, que no es menos, de que le asesinaron a su esposo. Su vida no era un mar de tranquilidad.
Sin embargo siguió adelante. En fechas recientes el Juzgado Noveno Penal Del Circuito Con Función de Conocimiento, del Distrito Judicial de Bucaramanga, mediante sentencia calendada el 18 de marzo de 20202, al decidir la acción de tutela instaurada en favor de Amanda Riaño Corzo, dispuso: Ordenar a la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a Victimas, que en las próximas 48 horas hábiles, siguientes a la notificación de la presente providencia, proceda a dar respuesta de fondo, clara y precisa al escrito radicado el día 24 de Diciembre de 2019, señalando fecha fija y cierta en que se producirá el pago de la indemnización administrativa reclamada y se le notifique al accionante lo que haya a lugar. (…)
No cumple lo ordenado
Pues como dice doña Amanda en uno de los vídeos el Director de Reparación le tomó del pelo y no se dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de tutela, circunstancia por la que a términos del artículo 52 del Decreto 2591 de 1991 ha formulado el Juzgado incidente de desacato.
El Juez informó que mediante auto de fecha 2 de abril de 2020, en cumplimiento del artículo 27 del Decreto 2591 de 1991, se requirió y corrió traslado de los fallos de tutela y del escrito de solicitud incidental al Director Técnico de Reparaciones de la UARIV.
Pero ante el silencio guardado por el vinculado, el Juzgado decidió dar apertura formal al trámite incidental con auto de fecha del 11 de mayo de 2020.
Informa el Juzgado que para el caso sub judice se tiene que Amanda Riaño Corzo desde el 24 de diciembre de 2019, solicitó el pago de la indemnización administrativa por haber sido víctima indirecta del homicidio de su esposo, por lo que en orden de tutela se dispuso que la UARIV en un término de 48 horas debía brindar una respuesta de fondo a dicha solicitud; sin embargo hasta la fecha no ha recibido una contestación a la solicitud, pese a que ya se ha sobrepasado dicho termino.
Silencio como respuesta
Frente a los diferentes requerimientos por parte del Juzgado con el fin que se diera cumplimiento plan a la orden de tutela, la accionada guardó absoluto silencio.
Planteadas así las cosas, manifestó el Juzgado, es claro que la UARIV no acató la orden emitida en tutela el 18 de marzo actual, pues pese a que la orden judicial se otorgó un término de 48 horas para brindar una respuesta de fondo a la petición elevada por la señora Riaño Corzo, decisión que no fue objeto de impugnación, a la fecha no se allegaron elementos probatorios que conduzcan a determinar que esa respuesta ya fue emitida y colocada en conocimiento de la tutelante.
Desplegada toda la jurisprudencia del caso, el Juez pasó a su siguiente paso basado en esa misma jurisprudencia, en los hechos y en el silencio del vinculante.
Decisión del Juez
Con membrete del Distrito Judicial de Bucaramanga, del Juzgado Noveno Penal Del Circuito Con Función de Conocimiento, fechado en Bucaramanga el veintiséis de mayo del año 2020, resolvió en cuatro puntos.
Primero: Declarar en desacato al Director Técnico de Reparaciones de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, abogado Enrique Ardila Franco, por incumplimiento del fallo de tutela radicada 2020-00015-00, proferido por este despacho el 18 de marzo de 2020.
Así mismo resolvió en el punto dos: Ordenar el arresto por tres días, del Director Técnico de Reparaciones de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, abogado Enrique Ardila Franco; así como con multa de tres salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Le informa además a Ardila Franco en el tercer punto del resuelve que: Copia de esta decisión irá a la Hoja de Vida de los funcionarios sancionados, y a la autoridad competente para efectos de la correspondiente indagación disciplinaria.
Desacato a la hoja de vida
Cierra la determinación con el cuarto punto que señala: Remítase oportunamente el expediente original de la actuación a la Sala Penal del Honorable Tribunal Superior de este Distrito Judicial, para que por vía de consulta se revise la presente decisión, conforme a lo preceptuado por el Decreto 2591 de 1991.
Tres días de arresto al Director Técnico de Reparaciones de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas y multa de tres salarios mínimos mensuales legales vigentes, determinó el Juez.
Doña Amanda, más que una persona en la cárcel, lo que esperaba era el reconocimiento de reparación a que tiene derecho, debido al asesinato de su esposo a manos de grupos al margen de la ley en Saravena, Arauca en el año 2009. Pese al fallo a favor esta vez tampoco obtuvo la reparación ¿Qué seguirá?