Quien lo creyera, el tema por el que más ‘palo’ le dieron al entonces alcalde de Floridablanca, Héctor Mantilla, lo convierte hoy en un héroe para los cientos de miles de conductores perjudicados por la impopular medida instaurada en varios municipios del país.
Esta semana la Corte Constitucional les puso el ‘tate quieto’ a los operadores, que cobraban la infracción al propietario del vehículo, aunque este no estuviera conduciendo. La decisión del alto tribunal se basa en una demanda instaurada por el exmandatario con la cual se cae un artículo de la Ley 1843 de 2017.
“El Congreso violó la Constitución y le dio la razón a los operadores de las fotomultas para que se enriquecieran a costillas de los ciudadanos. Con esa legislación, como alcalde de Floridablanca, ciudadano en ejercicio y abogado demandé por inconstitucionalidad los artículos que hacían referencia a que los propietarios de los vehículos fueran responsables solidariamente de los conductores que de manera abusiva cometieron una infracción sin ellos saberlo”, relató.
“El propietario del vehículo será solidariamente responsable con el conductor, previa su vinculación al proceso contravencional, a través de la notificación del comparendo en los términos previstos en el presente artículo, permitiendo que ejerza su derecho de defensa”, advierte el artículo de la ley que se cayó.
Para Mantilla, “la Corte nos haya la razón, porque entre otras cosas, dentro de la demanda alegué que se estaba vulnerando el debido proceso, el derecho propio a la defensa de los ciudadanos que son dueños de esos carros y que como muchos los prestaron a cualquier persona, y terminaban pagando las consecuencias. Debe pagar las infracciones quien las comete, no el dueño del carro”.
Una batalla que trajo sus frutos
Héctor Mantilla fue duramente criticado por una decisión que su gobierno no tomó. A su llegada a la alcaldía debió atender los cuestionamientos de sus detractores en torno al que denominaron el “negocio de las fotomultas”. Incluso muchos afirmaron que él hacía parte del grupo de políticos detrás del operador.
“En el 2016, cuando llegue a la Alcaldía de Floridablanca, la ciudad tenía la concesión más leonina de las fotomultas en el país: tan solo el 13% era para lo público y el 77% para lo privado”, explicó.
Relató que allí había un carro con unas cámaras dando vueltas por toda la ciudad y sin importar quién iba manejando se ponía el comparendo a la placa del vehículo, “luego el propietario del vehículo recibía los embargos y las notificaciones de las fotomultas, sea que estuviera conduciendo o no, sin la presencia de ningún agente de tránsito”.
Recordó que fue él quien derribó esa concesión “amparándome en la Constitución y buscando cumplir la normatividad existente”. En medio de ese proceso, el Congreso hacia el 2017 expide una reglamentación de las fotomultas a nivel nacional.
“En su momento, cuando instauré la demanda, siempre anuncié que eso era un ‘gran mico’ de los congresistas, quienes presuntamente fueron permeados por los dueños de esas grandes concesiones de las fotomultas, quienes eran los interesados de que se pusiera la infracción sin importar que se identificara al conductor, como si fuera efectivamente un negocio para los privados, lo que les importaba era cobrar”, expuso.
Cabe mencionar que uno de los ponentes de la Ley en el Congreso es el hoy gobernador de Santander, Mauricio Aguilar.
“No tuve que hacer el análisis nacional. Se puede ver con el caso de Floridablanca, donde el 77% ciento de un comparendo se lo llevaba el privado, logré sacar una relación: 300 millones mensuales facturaban durante la operación de las fotomultas, hasta que las derribamos. Ponían cerca de 85.000 comparendos al año. A la escala nacional estamos hablando de miles de millones de pesos”, aclaró.
¿Quiénes se benefician del fallo?
La Corte Constitucional le dio la razón a Héctor Mantilla, por lo que los dueños de los vehículos no van a tener que responder solidariamente si no cometieron la infracción.
“Tendríamos que pedirle una aclaración a la Corte”, dijo Mantilla al advertir que, tras el fallo, si pueden reclamar solo quienes recibieron fotomultas a partir de julio de 2017, cuando fue sancionada la ley.
“Debo revisarlo en la sentencia, ya que se abre una puerta grandísima. Antes del 2017 no teníamos reglamentación, entonces como abogado presumo que aplicaría desde antes del 2017, la corte fija un precedente: los infractores tienen que ser identificados, la fotomulta tiene que ponerse en la cédula de quien vaya manejando, y antes del 2017 muchas de ellas las hacían bajo el principio de solidaridad porque no existía norma que les dijera que no”, indicó en una entrevista a la Revista Semana.
Frente a las fotomultas que ya pusieron, indicó que se abre una puerta gigante para que de inmediato reclamen todos los que fueron víctimas de esos comparendos donde no se identificó el conductor, “vienen las sanciones”.
Explicó que, “se abre la oportunidad jurídica para que los que no han pagado la fotomulta la revoquen amparándose en esta sentencia de la Corte Constitucional y quienes ya las pagaron tendrán que arrancar las acciones judiciales contra las direcciones de tránsito que les cobraron, porque la plata sin duda tiene que ser devuelta, porque se impusieron comparendos por fuera de la normatividad”.
Con respecto a quiénes deben devolver el dinero, si las direcciones de tránsito o los operadores; Mantilla destacó que eso depende de cómo este pactado el porcentaje, lo que haya cobrado la dirección de tránsito, y el operador.
“En el caso de Floridablanca le tocaría el 77 por ciento al privado y el 13 por ciento al municipio. La Corte Constitucional al declarar inconstitucional deja sin piso de inmediato todos los comparendos que se hayan hecho amparándose en este artículo de esta legislación que fue declarada inexequible”, dijo.
Aclaró que los ciudadanos tienen que hacer las peticiones, porque si no lo hacen, quedarán en firme las fotomultas y no podrán recuperar su dinero.