En el Hospital Regional del Magdalena Medio y en la Empresa Social del Estado (ESE) Barrancabermeja, tercerizaron la labor de al menos 500 de sus trabajadores. Ninguno de ellos tiene vínculo contractual con las entidades a las que prestan sus servicios.
A los médicos, enfermeros, instrumentadores, auxiliares y camilleros los contrata un operador y lo hace a través la figura del contrato sindical. Así lo denunció el enfermero jefe, Julio Orozco, tras advertir que esta modalidad de contratación lesiona profundamente los derechos de los trabajadores del sector salud.
«Son empleados misionales y deben ser vinculados directamente por estas entidades que no lo hacen y, por lo tanto, no tenemos derechos como las primas de ley, por ejemplo», dijo Orozco.
En el caso específico del personal que labora en la ESE Barrancabermeja, el operador es Darsalud AT, la Asociación de Trabajadores del Sistema Nacional de Salud, Seguridad Social y Saneamiento Ambiental y su representante legal es Rosmary Martínez Seija.
Orozco dijo que desde hace unos cuatro años esta es la modalidad para contratarlos. «Es tal el detrimento salarial, que resulta innegable la crisis en la que estamos», afirmó.
De mal en peor
Hace un mes el presidente de la USO, Edwin Palma, aseguró que «cuando la Ley 1421 del 2010 prohibió las cooperativas de trabajo asociado, lo que hicieron esas cooperativas fue seguir haciendo intermediación, pero a través de falsos sindicatos que utilizan la figura de los contratos sindicales y obviamente están haciendo intermediación laboral y violando los derechos de los trabajadores ante la mirada impune del Estado. Esto es muy grave».
El dirigente sindical dijo que también en el sector de educación se terceriza el trabajo de los barranqueños.
En julio pasado la Alcaldía de Barrancabermeja se vio obligada a dar por terminado, de manera anticipada, el millonario convenio 0851, suscrito con la Unipaz cuando quedó al descubierto que para vincular el grupo de instructores que estaría al frente de los procesos de enseñanza en las escuelas de formación artística y cultural, el claustro universitario contrató a un tercero.
El operador fue un sindicato de Bucaramanga que vinculó el personal por contrato sindical, aunque ninguno estaba afiliado. En el primer mes de trabajo les descontaron la cuota de administración sindical y también tuvieron que pagar estampillas por rentas departamentales.
El contrato está en proceso de liquidación aún y, por ende, están paradas las escuelas en la que los niños aprenden gastronomía, artes plásticas, audiovisuales, literatura, pintura y música entre otras.
En una de sus sentencias la Corte Constitucional advierte que «el contrato sindical es lo mismo que una cooperativa de trabajo asociado: no hay salarios, sino compensaciones, no hay régimen laboral y tampoco solidaridad laboral».
¿Qué dice la norma?
En Colombia la ley permite el contrato sindical, siempre y cuando los contratados sean afiliados a la organización sindical que hace la gestión y colocación de empleo. De lo contrario es intermediación laboral ilegal, tipificada como delito.
Quienes incumplan las reglas de contratación se exponen a sanciones y millonarias multas. Al menos así reza en la jurisprudencia nacional. La resolución 2021 de 2018 es la norma más reciente. El Ministerio del Trabajo la expidió en otro intento por meter en cintura a los intermediadores.
En los municipios es competencia de las Oficinas de Trabajo vigilar, investigar y sancionar tales conductas.
En aras al equilibrio informativo que nos caracteriza y para conocer sus versiones,
Corrillos! contactó al jefe de esa dependencia en el Puerto Petrolero y a los gerentes del Hospital y la ESE, sin embargo al cierre de esta edición no había sido posible obtener sus respuestas.